13/Ene/10 23:05
declaracion anual persona moral
Hola!
Un pregunta, tengo entendido que si los pagos provisionales de enero-noviembre de una persona moral, es igual o mayor al impuesto anual, puede adelantarse la presentacion de la declaracion anual, a más tardar el 17 de enero del 2010, en el caso de declaracion del ejercicio 2009, esto para no desembolsar el pago provisional de diciembre.
Esto es valido? y si, como tendria que presentarse el pago provisional de diciembre? solo en estadistica.
Gracias-
Buen dia!
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mvazquezs22
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14/Ene/10 09:43
Re: declaracion anual persona moral
Debes presentar correctamente el pago provisional de Dic-09, la obligatoriedad de enterarlos existe en la ley.
saludos
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CPhugoocejo
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14/Ene/10 09:47
Re: declaracion anual persona moral
Interesante planteamiento.
Cuando alguna empresa estima que sus pagos provisionales de isr, serán mayores al impuesto anual, a partir del segundo semestre debe solicitar la autorización para disminuirlos (fracción II del artículo 15 de la LISR).
Muchos disminuyen los pagos sin autorización, corriendo el riesgo de ser sujetos a una revisión, donde la autoridad puede determinar diferencias y multarlos... si cuando me revisan ya presente la declaración anual y no hubo saldo a cargo solamente estoy obligado a pagar 'recargos' por los pagos provisionales no enterados.
¡¡ juntos damos soluciones !!
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Mem
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14/Ene/10 10:15
Re: declaracion anual persona moral
Buenos dias
te dejo lo siguiente:
Registro No. 197617
Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
VI, Octubre de 1997
Página: 777
Tesis: IV.3o.16 A
Tesis Aislada
Materia(s): Administrativa
PAGOS PROVISIONALES. NO SON OPCIONALES. CONSTITUYE UNA OBLIGACIÓN PARA EL CONTRIBUYENTE EFECTUARLOS.
El incumplimiento en el que incurre el contribuyente al no realizar declaraciones provisionales y, en su caso, los pagos de impuestos, también provisionales, trae consigo violaciones a disposiciones normativas contenidas en el Código Fiscal de la Federación, pues aun cuando este cuerpo de leyes contempla la obligación de presentar una declaración anual o de cierre del ejercicio, ello no implica necesariamente que cese la obligación de presentar declaraciones provisionales, pues ello constituye una obligación que, al ser omitida faculta a la autoridad hacendaria para imponer las sanciones relativas.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Amparo directo 734/96. Procesados de Concreto de Tamaulipas, S.A. 4 de marzo de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Miguel García Salazar. Secretario: Hilario Zarazúa Galdeano.
TAL COMO LO ESTABLECE LA TESIS....NO HAY OPCION DE NO HACER PAGOS PROVISIONALES
**ES MI MAS HUMILDE OPINION**
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L.C. RUIZ
**Si ganas el éxito, disfrútalo. Si te toca la derrota, afróntala**
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lcruizuscanga
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14/Ene/10 10:16
Re: declaracion anual persona moral
Mi estimado, en este caso puedes tambien evaluar el 'costo-beneficio' deberás pagar como bien se menciona recargos (no actualizacion) poniendo de base $1 peso, y presentar tu anual lo antes posible, de hecho hoy pudieras enviarla pues ya esta listo el software para presentarla (DEM) obviamente en una revision por parte de la autoridad puedieran objetar ese P.P. de Diciembre, pero recordemos que los P.P. de ISR son pagos a cuenta de un ISR Anual.
Saludos
JOE
La ignorancia es temporal, la estupidez es para siempre
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JOEGON
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14/Ene/10 10:56
Re: declaracion anual persona moral
tengo entendido que si los pagos provisionales de enero-noviembre de una persona moral, es igual o mayor al impuesto anual, puede adelantarse la presentacion de la declaracion anual
PORQUE ENTIENDES ESO,............DONDE TE FUNDAMENTAS ?.....
SALUDOS
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lobozac
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14/Ene/10 12:23
Re: declaracion anual persona moral
Muchas, gracias por comentarios.
No es que fundamente yo en algo lo que entiendo, sino que en un curso que fui, comentaban como que era una practica muy comun. Debido a que el impuesto es anual y una vez presentada la declaracion anual no habria problema.
Pero por sus comentarios, veo que es una practica no muy legal.
gracias.
Buen dia!
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mvazquezs22
Teniente
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14/Ene/10 12:38
Re: declaracion anual persona moral
mvazquez22:
Lo que comentas, 'legalmente' solo aplica para las Personas Físicas en Arrendamientos.
Saludos
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'
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CHAVALON
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14/Ene/10 12:52
Re: declaracion anual persona moral
Pago provisional 1, recargos+actualizaciones fecha anterior a la presentación de la anual...
Presentación de la anual y aplicacion de PP, diferencia a cargo o a favor o de plano en ceros...
Es algo 'práctico'....recordemos que la teoría nos señala un camino a seguir, pero en la práctica el único problema que le veo es que llegue un ratón de biblioteca del SAT y te multe por no presentar 'correctamente' el entero del PP.....claro...evalúa el riesgo, ya que algunos lo ven y no pasa nada
NOTA: yo en lo personal no lo hago..jajaja
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BR1000000
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14/Ene/10 14:34
Re: declaracion anual persona moral
mvazquez:
'... tengo entendido que si los pagos provisionales de enero-noviembre de una persona moral, es igual o mayor al impuesto anual, puede adelantarse la presentacion de la declaracion anual, a más tardar el 17 de enero del 2010, en el caso de declaracion del ejercicio 2009, esto para no desembolsar el pago provisional de diciembre.
Esto es valido? y si, como tendria que presentarse el pago provisional de diciembre? solo en estadistica.'
Hola, Buena tarde!!!!
Coincido con Chavalon (Un saludo)...No se habrá confundido de que esta opción no es para una persona moral sino para una persona fisica Arrendamiento?
Art. 186 RLISR.
sALU2!!!!
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memoli
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