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21/Mar/22 16:08
Re: Compensacion de Iva contra Iva d eperiodos anteriores
Hola, Anaeleonor.
El fund. legal de la no aplicabilidad es que el criterio del SAT que lo permitía, fue derogado en la RMF para 2019.
De 2019 a la fecha las cosas siguiente igual.
Este era el criterio. Derogado en la actualidad:
25/IVA/N Compensación del IVA. Casos en que procede.
El artículo 6 de la Ley del IVA dispone que cuando resulte saldo a favor, el contribuyente podrá acreditarlo contra el impuesto a cargo que le corresponda en los meses siguientes hasta agotarlo, solicitar su devolución o llevar a cabo su compensación contra otros impuestos en términos de lo que dispone el artículo 23 del CFF.
En ese sentido, de conformidad con los fundamentos citados, el saldo a favor del IVA de un mes posterior podrá compensarse contra el adeudo a cargo del contribuyente por el mismo impuesto correspondiente a meses anteriores, con su respectiva actualización y recargos.
Origen
Primer antecedente
5.1.5.
Oficio 325-A-VII-19856 de 25 de septiembre de 1995.
Espero que mi comentario, sea de tu utilidad.
Saludos.
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo