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17/May/21 21:00
enajenación casa habitación

Hola a todos. Estoy calculando la anual de una persona física por honorarios que en 2020 enajenó su casa habitación en más de 5,000,000

En noviembre de 2020 recibió el ingreso total de la venta pero la escritura se firmó hasta el 25 de febrero de 2021. Asimismo, el ISR a la federación y el ISR a la Entidad Federativa se pagaron el 10 de marzo de 2021. Por lo tanto, mi pregunta es cuando se acumulan los ingresos de la enajenación de la casa habitación, si en 2020 o en 2021?

De hecho en el formato del SAT no viene precargada la información de la enajenación de la casa habitación.
 
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manon
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18/May/21 12:56
Re: enajenación casa habitación

Los impuestos se pagan en el ejercicio que se te entrego el dinero, de igual forma la acumulacion del ingreso aunque sea en un ejercicio despues la firma.

Editado: Mayo 18, 2021 12:57:30
 
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AntonioMtz
Cabo

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18/May/21 13:08
Re: enajenación casa habitación

Buena tarde Mano: Si derivado de la obtención del ingreso te retuvieron el impuesto, te deben emitir una constancia de pago y retenciones a cargo del notario o corredor público.

Entendería que esto se hizo en el ejercicio inmediato posterior a la obtención del ingreso y de ahí que no te aparezca como tal la operación en el aplicativo de la anual.
 
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CP_PACO
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18/May/21 17:01
Re: enajenación casa habitación

Buenas tardes, te escribo lo siguiente:

La enajenación de Casa Habitación no se acumula para el calculo del ISR, siempre y cuando cumplas con lo establecido en la ley:

Que compruebes al notario que era usada como casa habitación (recibo de servicios, nombre de quien enajena)
Que el notario te entregue la constancia respectiva y compruebes que en la constancia (informativa Declaranot) aparezca como enajenación de enajenación de Casa Habitación.

Si el notario asentó su escritura en 2021, se supone que su declaranot es en 2021, por lo tanto, la enajenación se llevo a cabo en 2021.
 
Jorge Lugo
 
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JORGELUGO
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18/May/21 20:11
Re: enajenación casa habitación

El notario le entregó la Declaración Informativa de Notarios y Demás Fedatarios Públicos por Enajenación de Bienes, en donde indica que la firma de la escritura se realizó el 25 de febrero 2021. No le entregó ninguna constancia de retenciones ni el cálculo de los impuestos.

La enajenación estuvo gravada por $ 400,000 ya que sobrepasó las 700,000 UDIS.

Como bien comentan, no viene precargada la información en la anual porque la operación fue informada por el notario con fecha de febrero 2021.

Ahora...

Si acumulo el ingreso en 2020, los impuestos enterados a la federación y a la entidad federativa no podría acreditarlos porque fueron pagados con fecha 2021.

Y si acumulo los ingresos en 2021, podría tener problemas al no haber informado en 2020 la procedencia de los ingresos.

Que dilema...

JORGELUGO tendrás el fundamento de tu comentario? 'Si el notario asentó su escritura en 2021, se supone que su declaranot es en 2021, por lo tanto, la enajenación se llevo a cabo en 2021.'

Gracias a todos!
 
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manon
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20/May/21 09:57
Re: enajenación casa habitación

1. La declaración 2021 se presenta en 2022.
2. Este tipo de ingresos se declara en el régimen enajenación de bienes, y declara una UTILIDAD si es que existió. Y bajo este régimen es que determina su base y luego los impuestos.
3. Si era su casa habitación propia, cumpliendo ciertos requisitos, no debe acumular tan solo en datos informativos declararía 5 millones y no habría pago de impuestos. Los cuales seria 100% no acumulables puesto que fueron ingresos ya declarados y que recupera.
4.- En caso de ser otra casa habitación donde no se vivió los últimos 5 años, también prevalece una exención según la LISR conforme al 95 LISR. Ya cualquier otra propiedad gravaría al 100%
 
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ers9727
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20/May/21 10:22
Re: enajenación casa habitación

El notario le entregó la Declaración Informativa de Notarios y Demás Fedatarios Públicos por Enajenación de Bienes, en donde indica que la firma de la escritura se realizó el 25 de febrero 2021. No le entregó ninguna constancia de retenciones ni el cálculo de los impuestos.


Tienes discrepancia entre la protocolización del documento y la fecha efectiva de percepción del ingreso, como tal para hacer sentido en el punto de la escritura, correspondería declarar en la anual del 2021
 
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CP_PACO
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