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07/Ene/21 01:17
Re: compensación de IVA 2020
Artículo 6o. LIVA- Cuando en la declaración de pago resulte saldo a favor, el contribuyente únicamente podrá acreditarlo contra el impuesto a su cargo que le corresponda en los meses siguientes hasta agotarlo o solicitar su devolución. Cuando se solicite la devolución deberá ser sobre el total del saldo a favor.
Concuerdo que la LIVA no da margen a compensar. Si existe el vacío que comenta CP_PACO
También observo lo mismo que LCGONZALEZ al desaparecer los criterios, pues de alguna manera el SAT mantiene un nuevo criterio donde será imposible que ellos autoricen las compensaciones por IVA. El requisito que marca el CFF, de que tengamos que conseguir un acuerdo del SAT no seria posible, ni impugnarse pues ni presentar un aviso de compensación te lo permiten los auto-aplicativos de las declaraciones, por lo que nunca se autorizaran. De tal manera que jamás pudiéramos generar una compensación conforme a derecho
Para conseguir esa autorización tendríamos que pelear mediante un juicio de amparo contra este articulo 6 LIVA y ganarlo por disminuir y atentar contra los derechos de los contribuyentes, la verdad si seria algo difícil predecir el resultado favorable
Buscaríamos importar la figura de la compensación del CFF hacia la LIVA, y es demasiado improbable que se resuelva favorablemente, precisamente ante la ausencia de la figura dentro de la LIVA. Además como probar o establecer una necesidad imprescindible por la figura de la compensación justificándola, pues ya se cuenta con 2 opciones mas que si permite la LIVA.
Una segunda estrategia seria señalar que el CFF conforme al 23 genera un nuevo derecho que las leyes especiales impositivas no lo contiene y que de hecho así sucede. Por consecuencia la autoridad debiera observar también el CFF para los efectos de las contribuciones incluyendo el IVA, donde el SAT no protege estos derechos que confiere los derechos que protege el CFF.
Esta seria la opción con mayor posibilidades de éxito
Saludos
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
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07/Ene/21 07:05
Re: compensación de IVA 2020
Conclusión... lo citado desde un inicio
Es correcta tu apreciación, derivado de las reformas al Art. 23 del CFF y del Art. 6 de la LIVA para el 2020, los saldos a favor de IVA del contribuyente solo podrán 'acreditarse' contra los saldos a cargo del mismo impuesto que sean generados en meses posteriores o bien solicitarlos en devolución, por lo cual no es posible compensarlo contra algún otro impuesto o inclusive contra IVA.
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