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19/Nov/20 14:52
Re: ¿Iva acreditable en importación de bienes tangibles?

Artículo 1o.- Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:

I.- Enajenen bienes.
II.- Presten servicios independientes.
III.- Otorguen el uso o goce temporal de bienes.
IV.- Importen bienes o servicios.

Según mi interpretación, en el mes realizo dos actos o actividades que forman parte de la base del Iva (la enajenación y la importación). Aquí me surge la duda.
 
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feliperod
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19/Nov/20 15:43
Re: ¿Iva acreditable en importación de bienes tangibles?

Es correcta tu apreciación Felipe, por la importación estas generando un IVA Acreditable y por la enajenación un IVA Trasladado.
 
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CP_PACO
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19/Nov/20 16:14
Re: ¿Iva acreditable en importación de bienes tangibles?

Muchas gracias CP_ PACO.... y gracias a todos los que comentaron.

Saludos..
 
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feliperod
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19/Nov/20 18:02
Re: ¿Iva acreditable en importación de bienes tangibles?

Al contrario y espero haya sido aclarada tu duda inicial.
 
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CP_PACO
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