19/Nov/20 14:52
Re: ¿Iva acreditable en importación de bienes tangibles?
Artículo 1o.- Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:
I.- Enajenen bienes.
II.- Presten servicios independientes.
III.- Otorguen el uso o goce temporal de bienes.
IV.- Importen bienes o servicios.
Según mi interpretación, en el mes realizo dos actos o actividades que forman parte de la base del Iva (la enajenación y la importación). Aquí me surge la duda.