19/Nov/20 20:11
Re: PAGOS MODALIDAD 35 IMSS
Hola buenas noches a todos:
Una persona fisica (patron) que paga su seguro de modalidad 35, puede obtener un CFDI por este pago y deducirlo en su empresa?
Prevalece pseudo conocimiento verdadero, y me permitiré aclara que la modalidad 35 no es para patrones, no es del régimen obligatorio.
La persona física patrón, debe inscribir a su(s) trabajador(es) en el régimen OBLIGATORIO, no en el régimen de INCORPORACIÓN VOLUNTARIA (en el área fiscal del seguro social conforme a su ley), que en el ámbito llano o común, modalidad 35
En el IMSS existen 15 modalidades de aseguramiento
1): 10, trabajadores permanentes y eventuales de la ciudad; régimen obligatorio
2) 13: trabajadores permanentes y eventuales del campo; régimen obligatorio
3) 14, trabajadores eventuales del campo cañero; régimen obligatorio
4) 17, reversión de cuotas por subrogación de servicios;
5) 30, productores de caña de azúcar; régimen obligatorio
6) 32, seguro facultativo;
7) 33, seguro de salud para la familia; régimen de incorporación voluntaria
8) 34, trabajadores domésticos;
9) 35, personas físicas que no son trabajadores; art 13 régimen por incorporación voluntaria
10, 11 y 12) 36, 38 y 42, trabajadores al servicio de gobiernos estatales, municipales y organismos descentralizados;
13) 40, continuación voluntaria en el régimen obligatorio;
14) 43, incorporación voluntaria del campo al régimen obligatorio; y
15) 44, trabajadores independientes.
Si el patrón no inscribe a sus trabajadores del régimen obligatorio, modalidad 10 o una similar
Editado: Noviembre 24, 2020 09:51:04
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