17/Sep/20 17:13
LIQUIDACION DE UN SOCIEDAD DE PRODUCCION RURAL
Hola buenas tardes amigos del Foro, unas dudas referente a una LIQUIDACION DE UNA SOCIEDAD DE PRODUCCION RURAL del Regimen de AGAPES:
Las dudas son, al momento de vender los activos tienen todavia derecho a aplicar la execencion para este Régimen para el calculo del ISR.
El ISR durante la liquidación se calcula igual como lo indica el regimen de AGAPES o tengo que calcularlo como una persona moral de Regimen General.
Cuando debo presentar el aviso de cancelacion del RFC.
Las declaraciones anuales que indica el Art. 12 debo presnetarlas en el formato existente en Enero ya que regularmente el nuevo formato sale en febrero del siguiente año ?
Quedo pendiente de sus comentarios