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22/Nov/19 11:41
Re: PAGO DE LO INDEBIDO IVA 2019

En efecto, ya no se puede compensar IVA contra IVA, pero ese supuesto realmente no estaba contemplado en ley, sino que lo regulaba un criterio normativo del SAT (que ya derogaron)

La compensacion de IVA contra IVA se daba cuando se obtenia un SAF posterior a un IVA por pagar, por lo que usualmente lo que se hacia era presentar en 0 el IVA por pagar y luego se presentaba complementaria compensando ese SAF posterior.

El criterio en cuestion era el 25/IVA/N, que estaba contenido en el Anexo 7 y que que derogaron en la RMF 2019

El quid de la cuestion, en mi opinion, es si estos montos que se pagaron de mas derivan de un error aritmetico o de alguna omision de alguna factura o pago, pues como menciona la tesis de la SCJN, no es lo mismo un SAF que un pago de lo indebido. El primero no puede compensarse sino que necesariamente tendra que acreditarse, pero el segundo si podra compensarso y asi lo tipifica la LIF 2019.
 
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NicolasCastilloPerales
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22/Nov/19 13:05
Re: PAGO DE LO INDEBIDO IVA 2019

Hola,
El primero no puede compensarse sino que necesariamente tendrá que acreditarse,
ok bien coincidimos que en el caso del SAF el termino correcto es acreditamiento.

pero el segundo si podrá compensarlo y así lo tipifica la LIF 2019.

¿cómo lo hacemos?


según yo, estando en la declaración del impuesto al valor agregado (no incluyas isr por sueldos, retenciones de iva ....) solo impuesto al valor agregado no puedes compensar, no te deja avanzar. No puedes compensar iva con iva.



En el 'pago de lo indebido' yo sigo pensando que:

En el formato de la declaración mensual del Iva hay un campo que se llama 'Otras cantidades a favor del contribuyente' , si aquí no puede 'compensarse' el importe a favor del pago de lo indebido entonces no hay otra, el pago de lo indebido no puede compensarse y habra que pedir devolución de dinero.

Saludos.



Editado: Noviembre 22, 2019 13:31:13
 
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federico_
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22/Nov/19 15:56
Re: PAGO DE LO INDEBIDO IVA 2019

Hola federico

Edito el mensaje

Interpretando mas la RMF, llego a la conclusion que tienes razon, pues estos pagos de lo indebido se generaron en 2019

Estaba en la confusion de considerar que la 'facilidad'de aceptar saldos hasta el 2018 solo aplicaba a Saldos a Favor y ni a pagos de lo indebido, pero una elctura a la RMF menciona que 'las cantidades a favor generadas hasta 2018'...no hace mencion exclusiva a saldos a favor.

Como bien dices, solo podran pedirse en devolucion, lo cual es un autentico atropello que ralla lo absurdo. Pero bueno...

Saludos cordiales y buen fin de semana!























Editado: Noviembre 22, 2019 16:23:50
 
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NicolasCastilloPerales
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22/Nov/19 18:14
Re: PAGO DE LO INDEBIDO IVA 2019

Gracias a ti NIcolas, considero que los dos aprendimos bastante de este tema.
Saludos.
 
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federico_
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