Considerando que el PTU, es una partida que se distribuye por la generación de utilidades, este concepto efectivamente pagado se deduce de la utilidad fiscal, para obtener el Resultado Fiscal, base para el pago de ISR
que pasa con la distribución de la generacion de las utilidades a traves de CUFIN, tiene la misma consideración de disminuirlo de la Utilidad Fiscal del Ejercicio???
O los recursos pagados por la Sociedad en relación a pago de Dividendos a la luz del CUFIN, se consideran 'No deducibles'???
De antemano les agradezco el apoyo y cooperación a mi duda
¿Quieres decir que los dividendos que se repartan y que provengan de la CUFIN no serian deducibles?
Contablemente, cuando se pagan los diviendos se cancela una cuenta de pasivo, no afecta cuenta de resultados
La CUFIN es simplemente una cifra fiscal que se utiliza para pagar estos diviendos sin generar impuestos (al menos hasta 2014), al rebasar el saldo de la CUFIN, el dividendo genera impuesto que la sociedad ha de pagar al fisco, sin embargo siguen siendo una cancelacion de pasivo pues no podria repartir mas de lo que se obtiene despues del cierre de sus operaciones, en todo caso, el exceso deberia ser considerado un emolumento u honorario, lo cual se podria deducir sin problema alguno