12/Dic/18 19:29
VIATICOS QUE SE DESCUENTAN VIA NOMINA ¿GRAVABLES?
Buenas, segun la guia de llenado del SAT y algunos portales, solo se timbra los montos que el trabajador esta comprobando, por ejemplo, si se le da 60,000 y erogo 40,000 los cuales todos contaron con CFDI, ademas acordó que los 20,000 restantes se le descontaran via nomina. Segun el SAT y algunos portales, estos 20,000 irian en el campo 'otras deducciones' y los 40,000 como percepciones exentas.
¿No crea esto una omision de retencion de ISR de esos 20,000? ¿Que no se consideraria gravables para el trabajador?
Yo tenia la idea de que se timbra como percepciones 40,000 exentos, 20,000 gravales y el ajuste contra viaticos los 60,000, luego descontar los 20,000 en otras deducciones, para asi gravar los 20,000 pesos.
¿Que piensan?
Saludos.