30/Nov/18 01:59
Re: Duda en Cuenta de Anticipo de Gastos?
Hola cpallares. Antes que nada, ¿cual es el monto? No tendria sentido amortizar montos pequeños, pero supongo que es considerable si no quieren que aparezca en gastos en un mes.
Primero habría que definir que son los anticipos a proveedores y los gastos pagados por anticipado.
El primero comprende aquellos montos que se dan y aun no se ha pactado una operación o si se pacta una operación, no se conoce a ciencia cierta el monto ni la fecha en el que surgirá efecto.
Los gastos pagados por anticipado por otra parte comprenden aquellas erogaciones que aun no se han devengado, mas ya tienes el derecho de recibir los servicios o de recuperar los recursos. Por ejemplo, cuando pagas una suscripción por un año, la mandaras a gasto cada mes. Cuando compras papelería (en montos considerables), cada vez se estima un consumo y se manda a gasto. Cuando compras una póliza de seguro que abarca varios meses, cada mes mandaras al gasto su parte proporcional.
Por lo que comentas, creo que lo apropiado es que lo mandes como anticipo a proveedores y cuando el comisionista haga su cometido y te facture, lo mandes a gasto. Pero si la comisión ya esta pactada y se efectuara mes tras mes, independientemente del rendimiento del comisionista, si podría ser un gasto pagado por anticipado.
En cuanto a los efectos fiscales, la LISR da un % de deducción anual para gastos y cargos diferidos. Así que necesariamente habrá diferencias contables fiscales, pues mientras contablemente puedes haber amortizado 12 meses de gastos, fiscalmente solo podras deducir 15% del monto original de la inversion. Esto en el supuestp que el gasto diferido abarque varios años, en caso en el que abarque un ejercicio o menos, lo podras deducir al 100%.
Saludos.
Editado: Noviembre 30, 2018 02:49:28