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16/Feb/18 16:30
DEDUCCIÓN % IVA COMPRA VENTA VEHICULOS

Hola buen día!
Tengo un problema que no se como resolver. Estoy bajo el regimen de persona fisica con actividad empresarial y me dedico a comprar y vender vehículos siniestrados que compro a distintas aseguradoras (aclaro que los vehículos los vendo así, siniestrados para que alguien mas los arregle). Cuando me mandan las facturas de estos, en ocasiones el IVA no viene desglosado al 16%, algunas vienen en 0% y en otras es variable. Las aseguradoras se amparan en el articulo 27 del RLIVA para manejarlo de esta manera en el que la enajenación se la hace a una persona fisica y no le traslada el IVA.

Mi duda es, ¿como puedo manejarlo al vender los autos?, ya que, entendería que no me puedo amparar con el mismo articulo ya que yo le compro a una persona moral y no una persona fisica. ¿Como debería desglosar el IVA en las facturas que emito a mis clientes para que no se pague el IVA del total de la misma?
¿Puedo desglosar el IVA solo de la utilidad? ¿En que articulo podría amparare para hacerlo así?

!Muchas gracias!
 
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fernandocl
Soldado

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16/Feb/18 17:32
Re: DEDUCCIÓN % IVA COMPRA VENTA VEHICULOS

El articulo al que haces referencia dice 'adquiridos de', no 'adquiridos por'...
 
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fertapm96
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16/Feb/18 20:18
Re: DEDUCCIÓN % IVA COMPRA VENTA VEHICULOS

Gracias por tu respuesta @fertapm96 ... pero no se si te entendí. Precisamente porque dice 'adquiridos de' creo que no aplicaría el articulo para mi casa, ya que yo lo adquiero de una persona moral.

Saludos
 
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fernandocl
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21/Feb/18 15:27
Re: DEDUCCIÓN % IVA COMPRA VENTA VEHICULOS

Buenas tardes Fernando.
Te refieres al Reglamento LIVA.
Artículo 27. Para los efectos del artículo 8o. de la Ley, para calcular el impuesto tratándose de la enajenación de automóviles y camiones usados, adquiridos de personas físicas que no trasladen en forma expresa y por separado el impuesto, se considerará como valor el determinado conforme al artículo 12 de la Ley, al que podrá restársele el costo de adquisición del bien de que se trate, sin incluir los gastos que se originen con motivo de la reparación o mejoras realizadas en los mismos. El impuesto que haya sido trasladado por dichas reparaciones o mejoras será acreditable en los términos y con los requisitos que establece la Ley.

El contribuyente al adquirir los automóviles y camiones usados deberá cumplir con los siguientes requisitos:

I. Efectuar el pago correspondiente mediante cheque nominativo a nombre del enajenante, y

II. Conservar copia de la factura, de una identificación oficial del enajenante y de los demás documentos en los que conste el nombre, domicilio y, en su caso, el registro federal de contribuyentes del enajenante, así como la marca, tipo, año modelo, los números de motor y de serie de la carrocería, correspondientes al vehículo.
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
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ALLENDE
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21/Feb/18 15:31
Re: DEDUCCIÓN % IVA COMPRA VENTA VEHICULOS

Es correcto Allende, a ese me refiero...
 
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fernandocl
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