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25/Ene/18 20:16
Re: OPERACIONES A CREDITO CFDI 3.3

El uso de CfDI claro que tiene un objetivo; volver a darle materialidad a las facturas. Los contadores nos estabamos obsesionando tanto con detalles de sintaxis e informática que olvidamos que lo mas importante para respaldar una operacion es su materialidad; ordenes de comora, sellos de almacen, sellos de salida, entrada, remisiones etc.. Conozco gente que no contabilizaba sin su CfDI, ya se deben imaginar los estados financieros tan irracionales que generaban, super gastos en un mes...

En cuanto a lo que comentan de los complementos:


No he visto en ninguna ley o ahora “guias de llenado” que la custodia de los complementos de pagos sea necesaria para acreditar el IVA. ¿Alguien que me ilumine?

Incluso parece imposible en una empresa grande, no hablemos multinacional..¿cuantos pagos no se realizan al mes?

Emitir, por supuesto, pero exigir a tu proveedor los complementos? Hay algunos que me han enviado estados de cuenta de las facturas pagadas

Seamos realistas señores, somos ratas de laboratorio (de la OCDE y el malinchismo mexicano) y él experimento es a largo plazo, no hay razon para obsesionar con este tema

Mejor mejoremos nuestro conocimiento en areas de costo, activo fijo, precios de transferencia, eso hace a un buen contador









Editado: Enero 25, 2018 20:52:26
 
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NicolasCastilloPerales
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25/Ene/18 20:21
Re: OPERACIONES A CREDITO CFDI 3.3

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Editado: Enero 25, 2018 20:21:53
 
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NicolasCastilloPerales
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26/Ene/18 08:16
Re: OPERACIONES A CREDITO CFDI 3.3

Buen día,

MikeLeyva, efectivamente este campo no afecta la deducibilidad si tiene un dato incorrecto pero apelo a tu profesionalismo, es decir, no porque te permitan cometer errores, los vas a cometer cierto? Además, no es un campo de difícil llenado, basta con que le comentes a tu proveedor para que utilizarás tu CFDI y listo.

En cuanto a complementos Nicolas, me parece que también confundes la obligación que se tiene; la emisión del CFDI con complemento para pagos si es opcional hasta el 01 de abril pero esto no te exenta de cumplir la obligación del art. 29 y 29-A del CFF e incluso, las mismas guías lo mencionan.
Así mismo, creo que un buen contador se forja con conocimientos en todos los campos fiscales, contables, laborales, administrativos, etc., no me parece ético minimizar la importancia de un tema sobre otro; que no se te olvide que hasta lo más sencillo, tiene su chiste.

Sin embargo lo importante de este tópico es aclarar la duda de LUNETA, lo cual supongo que ya sucedió.

Saludos

Editado: Enero 26, 2018 08:20:39
 
'La duda no es sinónimo de inseguridad, pero sí es indicio de sabiduría'
 
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carlos17tello
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26/Ene/18 10:35
Re: OPERACIONES A CREDITO CFDI 3.3

Carlos, Total y absolutamente de acuerdo.
Saludos.
 
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federico_
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