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08/Sep/17 18:22
destruccion de inventarios

Buenas tardes en el anterior reglamento del isr señalaba explicitamente que la destruccion de inventarios solo se podia hacer una sola vez por ejercicio fiscal, revisando el reglamento vigente del isr observo que no hacen este señalamiento, alguien sabe si en alguna regla lo modificaron o si tengo derecho a ilimitados avisos de destrucccion de inventarios (no son articulos perecederos)

gracias
 
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sosaarceo
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11/Sep/17 20:08
Re: destruccion de inventarios

Buenas noches.
No veo ningún inconveniente.
Estos son los fundamentos legales:

https://siat.sat.gob.mx/app/destruccion/muestraPdf.jsp
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
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ALLENDE
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