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Una duda respecto un tema de imputacion de comisiones contablemente y pongo un ejemplo concreto:
* En enero 2015, me dan un prestamo a 5 años, vcto. Dic. 2019, con una comisión asociada de, p.je., 500.000 €
* Yo voy imputando a gasto en la misma proporción en que se amortiza el préstamo, es decir, esos 500.000 en 5 años, es decir, 100.000 al año.
* En Enero 2016 se firma un acuerdo para cancelar el préstamo anticipadamente, en Dic. 2018.
¿Que sería lo correcto respecto a la imputación de la comisión, teniendo en cuenta que en enero 2016 me quedan 400.000 y 3 años de amortización?
Opción A: ¿volver a recalcular la imputación de la comisión desde el inicio? Es decir, en 2016, le tocarían 125.000+25.000 que dejé de imputarme el año anterior según el nuevo vencimiento y en 125.000 anuales para 2017 y 2018
Opción B: ¿volver a recalcular la imputación sólo desde Enero 2016? Es decir, en 2016, 2017 y 2018, le tocarían 133.333 cada año.
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trabajando para
queratocono
Editado: Octubre 22, 2016 05:42:54