23/Jun/15 11:41
Maquila de fruta, grava al 16%?
Buen día
Estamos realizando maquila de fruta, específicamente zarzamora y fresa, la maquila consiste en refrigeración, empaquetado y etiquetado, este servicio se le presta a un contribuyente del sector primario.
El art. 2A Fracción II habla de la prestación de servicios a los que se les aplicara la tasa 0%
Los prestados directamente a los agricultores y ganaderos, siempre que sean destinados para actividades agropecuarias, por concepto de perforaciones de pozos, alumbramiento y formación de retenes de agua; suministro de energía eléctrica para usos agrícolas aplicados al bombeo de agua para riego; desmontes y caminos en el interior de las fincas agropecuarias; preparación de terrenos; riego y fumigación agrícolas; erradicación de plagas; cosecha y recolección; vacunación, desinfección e inseminación de ganado, así como los de captura y extracción de especies marinas y de agua dulce.
I
b).- Los de molienda o trituración de maíz o de trigo.
c).- Los de pasteurización de leche.
d).- Los prestados en invernaderos hidropónicos.
e).- Los de despepite de algodón en rama.
f).- Los de sacrificio de ganado y aves de corral.
g).- Los de reaseguro.
h).- Los de suministro de agua para uso doméstico
realmente este articulo no hace mención de las actividades que estamos realizando, pero si es un servicio prestado a directamente a un agricultores, mi duda es si me tengo que apegar a lo que menciona este articulo y aplicar la tasa 0% o apegarme a lo que menciona el art. 14 LIVA y gravarlo a la tasa del 16%
De antemano muchas gracias, espero que alguien pueda apoyarme con esta duda.
Saludos!