28/May/15 14:17
Re: regimen de incoporacion
Buenas tardes , quiero ofrecer una disculpa porque por no redactar una pregunta bien, ya se ha vuelto una serie de controversias entre todos los que formamos parte del foro.........MIL DISCULPAS .....
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TOSTADAS1
Subteniente

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28/May/15 14??:
Re: regimen de incoporacion
No (pacatelas), definitivamente no es el único requisito
Saludos
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JABUS
Teniente

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28/May/15 14:24
Re: regimen de incoporacion
Comparto la opinión de pacatelas.
El echo de que un CFDI cumpla con los requisitos del articulo 29-A del CFF, no quiere decir que en automático se convierte en una erogación deducible, esto derivado de que para que un gasto pueda ser deducible, ademas de cumplir con los requisitos del articulo 29-A del CFF debe de cumplir con los requisitos del articulo 27 LISR.
EDITO: Mecione el 27 por que tenia en la cabeza que la Persona era Moral, pero si es fisica, tendremos que ver en que capitulo cae, para ver los requisitos especificos de deduccion.
Asi que es valido que se aclare bajo que regimen tributa y cual es su giro, para poder determinar si el comprobante emitido por un RIF es deducible o no.
Saludos.
Editado: Mayo 28, 2015 14:26:31
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SheenOmar
Cabo

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31/May/15 11:36
Re: regimen de incoporacion
TOSTADAS, podrías aclarar cual era la duda.
o a cual conclusión llegaste.
Gracias
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ALLENDE
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01/Jun/15 16:06
Re: regimen de incoporacion
¡Hola!!
buenas tardes, tengo una duda: ¿Todas las facturas de gastos que obtengo de personas del régimen de incorporación son deducibles para mi, sí o no?
'Todas las facturas de gastos': quiere decir, que Tostadista1, sabe que son Gastos. Por lo que, no importa su Régimen Fiscal. 'Que obtengo de personas del Régimen de Incorporación son deducibles para mi sí o no.' Lo que no sabe, si las facturas electrónicas emitidas por contribuyentes del RIF son deducibles para los receptores de ellas, cumpliendo los requisitos de la Ley el Contribuyente Receptor. O sea, ella sí cumple los requisitos como Contribuyente Receptor, pero el Emisor, el Enano Fiscal, quien sabe. Pués, sí son Deducibles los Comprobantes Fiscales emitidos por contribuyentes del RIF. (Aún carentes de algunos requisitos y poco mal hechas, así lo ha dicho en repetidas ocasiones el Jefe del SAT, Aristóteles Núñez en los distintos medios comunicación.
Respuesta es: Sí, sí son deducibles para ti y para mi. Sin tanta polémica.
¡Saludos!!!
Silvestre®
Editado: Junio 01, 2015 19:03:42
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Silvestre
Mayor

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01/Jun/15 16:47
Re: regimen de incoporacion
Aqui desde la sede del mundial sub-20, los saludo, un ejemplillo:
Yo juan pelochas, TRIBUTO EN ARRENDAMIENTO, le compro UNA COCA-COLA a Doña Chofora, exigo mi cfdi, tons, tons es deducible ese GASTOTE para mi?
Digo, pa' los que dicen que el regimen no importa...ja ja ja
Saludos
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pacatelas
Capitán Segundo

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01/Jun/15 23:27
Re: regimen de incoporacion
Lo que no sabe, si las facturas electrónicas emitidas por contribuyentes del RIF son deducibles para los receptores de ellas, cumpliendo los requisitos de la Ley el Contribuyente Receptor. O sea, ella sí cumple los requisitos como Contribuyente Receptor, pero el Emisor, el Enano Fiscal, quien sabe. Pués, sí son Deducibles los Comprobantes Fiscales emitidos por contribuyentes del RIF. (Aún carentes de algunos requisitos y poco mal hechas, así lo ha dicho en repetidas ocasiones el Jefe del SAT, Aristóteles Núñez en los distintos medios comunicación.
Aún y cuando Tostadas1 no ha aclarado bien cuál era exactamente su duda, desde mi particular punto de vista, también había interpretado que se refería a lo que comentas, estimado Silvestre.
En fin, esperemos que Tostadas1, haya resuelto su duda.
Saludos a todos.
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo
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ngm
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03/Jun/15 11:07
Re: regimen de incoporacion
Juan Pelochas........ni al caso viene tu comentario.
Solo tratas de confundir.......??
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
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ALLENDE
Teniente Coronel

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03/Jun/15 13:21
Re: regimen de incoporacion
A que mi buen Allende, entiendo su postura, créame me hace sonreír, insisto, veo con agrado su insistencia, aunque mas bien creo no supo dar respuesta a mi humilde pregunta, ' porque no razonar en un profesional ', mas en la carrera nuestra es sinónimo de carencia de conocimiento, le tratare de explicar su confusión:
su servilleta escribió:
Yo juan pelochas, TRIBUTO EN ARRENDAMIENTO, le compro UNA COCA-COLA a Doña Chofora, exigo mi cfdi, tons, tons es deducible ese GASTOTE para mi?
Conteste lo siguiente:
¿Una persona que tributa en arrendamiento puede deducir un gasto no autorizado, según su régimen?
Espero conteste como debe ser, sin Egos, dada su leyenda. que viene en la parte de abajo.
Le mando un saludo desde puerto escondido y que DIOS LO BENDIGA.
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pacatelas
Capitán Segundo

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03/Jun/15 13:48
Re: regimen de incoporacion
TOSTADAS1
Todas las facturas que te emita una persona del RIF si son deducibles para tus actividades empresariales, solo si son CFDI
saludos
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pablozh
Subteniente

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