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14/May/15 23:32
Abonos a cuenta de facturas

Hola a todos, tengo una duda. Un cliente vende muebles y los clientes no le pagan en su totalidad las facturas, en este caso se que debo dar una factura inicial por el monto en donde diga que se paga en parcialidades y hacer una factura por cada parcialidad, el problema está en que luego los clientes si se comprometen en hacer 5 pagos a veces no cumplen y terminan haciendo 8 o hasta 10, entonces al hacer la factura es imposible poner, parcialidad 1 de 5 o 1 de 6 o 1 de 7 porque en realidad no se en cuantas parcialidades liquidarán su adeudo, así que lo que hago es darles una factura por cada pago con la leyenda pago en una sola exhibición y no hago la factura inicial en donde diga que se pagará en parcialidades, que consecuencias fiscales trae consigo esto que hago?

Al hacer la factura inicial de pago en parcialidades no duplica el ingreso en el SAT?
 
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MiriamS
Soldado

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17/May/15 16??:
Re: Abonos a cuenta de facturas

Por lo que comentas es difícil, saber en cuantas parcialidades te van a pagar.

Por lo que te recomiendo
Cancelar la factura inicial (para no duplicar ingresos).
Y elaborar una factura por cada parcialidad.
 
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ALLENDE
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18/May/15 10:21
Re: Abonos a cuenta de facturas

Porque no leen ambos el 29-A F-VII.

Saludos
 
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pacatelas
Capitán Segundo

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18/May/15 18:16
Re: Abonos a cuenta de facturas

Estimado pacatelas

Porque no aportas, en lugar de cuestionar.....
 
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ALLENDE
Teniente Coronel

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18/May/15 18:22
Re: Abonos a cuenta de facturas

Estoy aportando, lea bien caballero.

Saludos
 
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pacatelas
Capitán Segundo

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19/May/15 21:32
Re: Abonos a cuenta de facturas

Artículo 29-A. Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos:

VII. El importe total consignado en número o letra, conforme a lo siguiente:
b) Cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición se emitirá un comprobante fiscal digital por Internet por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice y se expedirá un comprobante fiscal digital por Internet por cada uno de los pagos que se reciban posteriormente, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, los cuales deberán señalar el folio del comprobante fiscal digital por Internet emitido por el total de la operación, señalando además, el valor total de la operación, y el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente, con las excepciones precisadas en el inciso anterior.

De lo anterior concluimos que:
1.- el CFF no me señala que debo de poner de forma expresa que se paga en parcialidades.
2.- Dice que se debe de hacer un comprobante por el valor total de la operación en el momento en en que esta se realice.
Es decir, el comprobante debe de ser con las condiciones en el momento en que estas se realicen, si después se hacen cambios o se crean condiciones eso es otro asunto.
3.- Por cada uno de los pagos que se hagan se debe de hacer una factura haciendo referencia al folio fiscal emitido por el total de la operación. Aquí no me señala que debo de manifestar por ejemplo pago 1 de 5.
 
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REMN
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20/May/15 11:41
Re: Abonos a cuenta de facturas

Mi amigo Rómulo ( REMN ),le mando un fuerte saludo desde el puerto jarocho, dos cuestionamientos:

¿Entonces si no señalan en forma expresa que le ponga el numero de parcialidades no aplica, o esta erróneo o no son parcialidades? ¿ o lo que expuso así lo interpreto?

En mi humilde opinión. Es re fácil, el CFF en este aspecto fue modificado, versus RCFF 33, en ellos señala claramente el tratamiento de las parcialidades.

Saludos
 
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pacatelas
Capitán Segundo

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20/May/15 12:40
Re: Abonos a cuenta de facturas

Muy bien mi estimado pacatelas nos haces pensar.
En relación a lo que mencionas el 33 del reglamento habla de la contabilidad. y con respecto al tema aplicaría lo siguiente:

Artículo 33.- Para los efectos del artículo 28, fracciones I y II del Código, se estará a lo siguiente:
Fracciones I y II del código (I lo que integra la contabilidad y II de los requisitos de los asientos contables)
B. Los registros o asientos contables deberán:
XIII. Señalar la fecha de realización de la operación, acto o actividad, su descripción o concepto, la cantidad o unidad de medida en su caso, la forma de pago de la operación, acto o actividad, especificando si fue de contado, a crédito, a plazos o en parcialidades, y el medio de pago o de extinción de dicha obligación, según corresponda.
Tratándose de operaciones a crédito, a plazos o en parcialidades, por cada pago o abono que se reciba o se realice, incluyendo el anticipo o enganche según corresponda. Además de lo señalado en el párrafo anterior, deberán registrar el monto del pago, precisando si se efectúa en efectivo, transferencia interbancaria de fondos, cheque nominativo para abono en cuenta, tarjeta de débito, crédito o de servicios, monedero electrónico o por cualquier otro medio. Cuando el pago se realice en especie o permuta, deberá indicarse el tipo de bien o servicio otorgado como contraprestación y su valor;

Vemos que el reglamento distingue tres tipos de operaciones:
1. Operaciones a crédito
2. Operaciones a plazos
3.- Operaciones en parcialidades.

En el caso que nos ocupa estaríamos hablando de operaciones a crédito.
Entonces en este caso no pondría parcialidad tal de tal, por que se trata de un crédito que le da a su cliente.
Lo que si debe de hacer es la factura por el importe total y hacer facturas por los pagos que sus clientes le hagan.
¿Cómo ves mi estimado?
 
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REMN
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20/May/15 13:49
Re: Abonos a cuenta de facturas

Hacía mucho no veía una opinión con buen contenido, bueno, en fin, me pondré los guantes, ja ja ja.

Cierto, el reglamento si distingue 3 tipos de operaciones, Pero:

¿Porque las agencias de autos, Nissan, Ford te expiden una copia del auto por el total, y te facturan cada pago o parcialidad?

Digo, son ventas a crédito, no es necesario pongan el numero de parcialidades, esto último no existe. Simplemente se aplica la ley con lo que hay, esto es:

” por cada pago o abono que se reciba o se realice, incluyendo el anticipo o enganche según corresponda', 33 F-XIII RCFF

Saludos
 
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pacatelas
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20/May/15 18:50
Re: Abonos a cuenta de facturas

Perfecto! muchas gracias por sus explicaciones, ya me quedó claro el punto que tanto ruido me hacía en la cabeza respecto a las parcialidades y la posible duplicidad de ingresos.
 
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MiriamS
Soldado

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