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23/Sep/15 22:36
Re: A quien dirigir aviso suspensión PM??

Muchas gracias, creo tomare tu recomendación, a pesar que ya se están poniendo en contacto con el notario. Vamos a empezar con la suspencion.. Muchas gracias!
 
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vediso
Cabo

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24/Sep/15 10:32
Re: A quien dirigir aviso suspensión PM??

Buenos días estimado colega.

Te comento que trabajo en un grupo y precisamente tenemos demasiadas empresas sin operaciones y se opto por suspenderlas para después liquidarlas.

De entrada te comento que para 2015 tienes que seguir el siguiente procedimiento y el SAT al menos a nosotros nos pidió fundamentarlo.

Debe ir dirigido al SAT

y el con el fundamento siguiente:

“Con fundamento legal en el artículo 27 de Código Fiscal de la Federación, artículo 29 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, Regla 2.5.14, de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2015 y ficha 169/CFF Aviso de suspensión de actividades de personas morales contenida en el ANEXO 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2014, por este medio informo que debido a que la compañía ha dejado de mantener operaciones, solicito atentamente se tenga por SUSPENDIDA, para ello manifiesto que cumplo con los requisitos establecidos en la Regla 2.5.14, así mismo adjunto la opinión de cumplimiento en sentido positivo a que se refiere la Regla 2.1.35, para acreditar que me encuentro al corriente en el cumplimiento de mis obligaciones fiscales.”


No olvidando adjuntar tu opinión 32D para no retrasar tu tramite.

Saludos!!!
 
La verdad es relativa, la neta es absoluta...
 
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ISAKI86
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