10/Mar/16 11:33
Re: Aplicación Mis Cuentas
Orale!! está bueno el juego de tenis!
(
)
Mmmm...
Dice mi estimado Silvestre que él lo solicitó primero, oki, ahí voy:
Empecemos por comentar que la regla 2.8.1.19 no ha sido publicada en el DOF y que dispone que quienes opten por MIS CUENTAS, deben ejercer dicha opción 'a través de la presentación de un caso de aclaración en el portal del SAT'.
Entonces, partiendo de lo anterior, desde mi particular punto de vista, se debe proceder de la siguiente manera:
1. Ingresar a MI PORTAL.
2. Ir a Servicios por internet.
3. Elijo hacer una 'Aclaración', luego elijo 'solicitud'.
4. En 'Trámite', elijo :'OPCIÓN MIS CUENTAS CONTAB ELEC'
5. En 'Asunto' pongo: Ejercer opción por MIS CUENTAS.
Y en 'Descripción', pongo:
El que suscribe xxxxxxxxxxxxx, encontrándome en los supuestos señalados en la regla 2.8.1.19 de la Primera Modificación de la RFM 2016, publicada en el DOF el xxxxxxxxxxxx (esperar a su publicación, de preferencia), manifiesto por mi propio derecho que ejerceré dicha facilidad.
Sin más por el momento y agradeciendo de antemano las atenciones otorgadas a la presente, quedo de Ud (es)
Atentamente,
XXXXXXXXX
Desde mi particular punto de vista, no es necesario adjuntar una carta firmada por el contribuyente. Ya que la firma ya está con la contraseña y al ingresar directamente al portal privado del contribuyente.
Como diría Juan Gabriel, mi estimado Silvestre: ¿'Ud que haría'?
Espero que mi comentario, sea de tu utilidad y que si te evite aunque sea un poco la fatiga ;)
(Hasta me hiciste checar qué era lo que tenía que hacer para llegar a ejercer la opción :))
Saludos y que tengas un excelente día.
P.D. Si no se desea esperar a su publicación, recordemos que la regla, 1.8 en su segundo párrafo de la RMF 2016, dispone:
“Cuando en el Portal del SAT o en la página de Internet de la Secretaría se establezcan a favor de los “contribuyentes, requisitos diferentes a los establecidos en la presente Resolución para la realización de algún trámite, podrán aplicar en sustitución de lo señalado en la citada Resolución, lo dispuesto en dicho portal y página para el trámite que corresponda.”
Editado: Marzo 10, 2016 11:49:30
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo