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26/Mar/14 10:51
Re: ACUMULABLE ACTUALIZACION DE SALDOS A FAVOR?
La actualización tiene como finalidad el reconocer los efectos que los valores sufren por el simple transcurso del tiempo y por los cambios de precios que se presentan en el país.
Por consiguiente, el monto de la actualización correspondiente de saldos a favor, no debe de ser considerada como un ingreso acumulable para efectos del ISR conforme al Art. 17-A del CFF vigente.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
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26/Mar/14 13:24
Re: ACUMULABLE ACTUALIZACION DE SALDOS A FAVOR?
Buen día estimado PACO, si la finalidad como dice es el reconocer los efectos que los valores sufren por el simple transcurso del tiempo y por los cambios de precios que se presentan en el país,.entonces que opina respecto a que un contribuyente le da un ajuste por inflacion acumulable, obvio, le aplica los INPC...
y en la anual ese ' ingreso' acumula?
si quiere contestar bien, si no..pues tambien...
Saludos
El mejor guerrero no es aquel que triunfa siempre, sino aquel que vuelve sin miedo a la batalla... (Experto en soluciones DEVyCOMP)