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11/Mar/14 17:38
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?


¡Hola a Todos!!!

Solo para complementar al compañero Estimado: grupoimper y marioortiz.

Recordemos que conforme a Ley de ISR 2014, los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal, deben presentar la Declaración Bimestral de Operaciones con Terceros (DIOT) llamada cariñosamente por algunos colegas como Declaración IDIOTA, sin ofender a nadie por supuesto, es con el objeto de identificarla más fácilmente.

Conforme la Regla I.2.9.2:
Para los efectos del artículo 112, fracción VIII de la Ley del ISR, se tendrá por cumplida la obligación de presentar la información de los ingresos obtenidos y las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones, así como la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre inmediato anterior, cuando los contribuyentes utilicen el sistema de registro fiscal establecido en la regla I.2.8.2.

Por lo que, tenemos una razón de peso, y pesos como 18,000 según un conferencista del IMCP, para utilizar la herramienta de Registro Fiscal Simplicado, llamada 'Mis Cuentas'

Artículo 5-E LIVA2014:
Sexto Párrafo:
Asimismo, los contribuyentes a que se refiere el presente artículo, no estarán obligados a presentar las declaraciones informativas previstas en esta Ley, siempre que presenten la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre inmediato anterior, de conformidad con la fracción VIII del artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

¡Saludos!!!

Silvestre®

 
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Silvestre
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11/Mar/14 17:50
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?

Gracias por la aportacion Silvestre.

Entonces si no utilizo el portal del SAT 'mis cuentas' estoy obligado a presentar DIOT? es así, lo que nos indicas en tu comentario.

Sobre la otra pregunta, si tengo todo impreso, son CFDIs pero impresos, no los tengo en la computadora, son deducibles? esta pregunta es con el afán de no imprimir nada y mejor guardar todo en la PC.

Saludos.
 
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juant1
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11/Mar/14 18:05
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?

¡Hola!!! Estimado: Juan1


Así es, ahora papelito no habla, ahora es CFDi en específico el archivo xml.


¡Saludos!!!

Silvestre®


Editado: Marzo 11, 2014 18:29:27
 
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Silvestre
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13/Mar/14 10:18
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?

Esta Resolución y Anexos se encuentran pendientes de publicar en el Diario Oficial de la Federación


Sistema de registro fiscal “Mis cuentas”


1.2.8.2.


Publicado el dia de hoy en el Diario Oficial de la Federacion

Saludos
 
NADIE SABE LO QUE TIENE ....HASTA QUE LO VE AUDITORIA DEL SAT.
 
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MARIOORTIZ
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13/Mar/14 14:34
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?

HOLA COMPAÑEROS:
Ya estando en este tema del RIF, tengo una duda respecto la fecha de presentación del primero bimestre, tenia entendido que es el 31 de marzo de 2014, segun la regla:

Opción para la presentación de declaraciones bimestrales de personas físicas que tributen en el RIF
I.2.9.3. Para los efectos del artículo 31 del CFF, en relación con los artículos 111, quinto párrafo y 112, fracción VI de la Ley del ISR, las personas físicas que tributen en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la citada Ley, podrán presentar las declaraciones bimestrales definitivas de impuestos federales, incluyendo retenciones a más tardar el último día del mes inmediato posterior al bimestre que corresponda la declaración.
Los contribuyentes que opten por la facilidad prevista en esta regla, no podrán aplicar lo dispuesto por el artículo 7.2. del 'Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa', publicado en el DOF el 30 de marzo de 2012.
CFF 31, LISR 111, 112, DECRETO 30/03/2012, 7.2.

Sin embargo, entré a la página del SAT en el apartado de RIF en preguntas frecuentes dice que es hasta mayo, y hacen referencia a la misma regla, y el Quinto Transitorio pero no dice nada al respceto, en la página dice:

Pregunta

3. ¿En qué fecha debe presentarse la declaración del bimestre enero-febrero?
Respuesta

Se debe presentar en mayo.

Fundamento

Artículo 111 de la Ley del ISR, regla I.2.9.3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, y Quinto Transitorio del Proyecto para la Primera Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 publicada en el Portal de internet del SAT.

Ustedes qué opinan? me podrían asesorar un poco, muchas gracias.
 
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cabas
Sargento Primero

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13/Mar/14 15:20
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?

cabas, te dejo el quinto transitorio de la PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2014 (publicada hoy en el DOF)


Quinto. Para los efectos de los artículos 12, penúltimo párrafo; 20, séptimo párrafo y 31 del CFF; 53 de su Reglamento, 112, fracción VIII de la Ley del ISR, 5-E de la Ley del IVA, 5-D de la Ley del IEPS y la regla I.2.9.3., tratándose de personas físicas que tributen en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del ISR, la presentación de la declaración que corresponda al primer bimestre de 2014, se llevará a cabo dentro del mismo periodo que corresponda a la presentación de la declaración correspondiente al segundo bimestre de 2014.

La declaración señalada en el párrafo anterior, deberá corresponder exclusivamente al primer bimestre de 2014, sin abarcar ningún otro bimestre.




Editado: Marzo 13, 2014 15:26:56
 
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Wil240
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13/Mar/14 16:38
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?

Muchas gracias wil240, eso me aclara todo, saludos.
 
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cabas
Sargento Primero

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14/Mar/14 00:32
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?

Buenas tardes.

Una vez publicada la RMF el dia 13, se indica que es obligatorio llevar la contabilidad los RIF en el portal del SAT 'mis cuentas.

Ahora la duda viene, que indican que las facturas emitidas y recibidas que sean CFDIs no se registraran puesto que ya están registradas, entonces mi pregunta es....si ya estarán todas registradas, que se va a capturar en el portal del SAT?

También, si ya todo tiene registrado el SAT cual será la función del contador? tendera a desaparecer?.. bueno, no desaparecer, si no pues realmente ya hará muy poco, ya no hará trabajo físico como antes, es decir, registrar la póliza, imprimirla, archivarla etc.. ahora como ya todo tendrá SAT, cual será su función? tipo como Asesor?


Saludos.
 
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juant1
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14/Mar/14 13:54
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?



¡Hola!!!

El contador tradicional desaparece se cree que más el 01 de Enero de 2015, otros creen que el 01 de Julio de 2015, yo creó a más tardar el 01 de Enero de 2016.

Entonces, el Contador se va a Transformar, sí se va a Transformar en limpia coches, limpia vidrios, limpia computadoras, etc, etc. es broma.

El Contador se va a Transformar en un Robot Cibernético para realizar la Contabilidad en Línea las 24hrs del día. No es cualquier cosa eso, pongante a pensar un poquito.


¡Saludos!!!


P.D: Juan1: Ya no te preocupes tanto tomate las cosas con calma, no se va a cabar el mundo.

 
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Silvestre
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