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11/Mar/14 00:14
OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?

Buen dia.

Tengo la siguiente duda:

Si soy RIF es obligatorio llevar mi contabilidad en el portal del SAT en mis cuentas? o puedo usar otro sistema como el CONTPAQ? COI? etc..

Otra duda...

Que pasa si yo tengo todas mis facturas CFDI pero impresas, es decir, por decir tengo todas mis facturas de FEBRERO que son CFDI pero impresas, no las tengo en el correo... en caso de una revisión son deducibles? o las tengo que tener en el email?

Saludos.
 
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juant1
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11/Mar/14 02:08
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?


¡Hola!!!

Si soy RIF es obligatorio llevar mi contabilidad en el portal del SAT en mis cuentas? o puedo usar otro sistema como el CONTPAQ? COI? etc..

Sí, si es obligatorio llevar la contabilidad en la herramienta Mis Cuentas, porque usar otro programa que no es gratuito.


Que pasa si yo tengo todas mis facturas CFDI pero impresas, es decir, por decir tengo todas mis facturas de FEBRERO que son CFDI pero impresas, no las tengo en el correo... en caso de una revisión son deducibles? o las tengo que tener en el email?

Las Facturas CFDi Impresas son solo eso, representaciones impresas de la existencia de un CFDi, es decir, el CFDi es el XML de dicha factura electrónica. Debes almacenarlas en un medio magnético llamese Disco Duro, Unidad USB, CD, DVD, etc, etc. El tenerlas en la Nube o un Correo Electrónico es de manera temporal. En caso, de que no tengas los archivos XML del CFDi que son los que debes guardar y almacenar, los puedes recuperar de tu aplicación Mis Cuentas.


¡Saludos!!!

Silvestre®


 
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Silvestre
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11/Mar/14 09:22
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?

Hola buen dia, en mi opinion no es obligación utilizar la herramienta del SAT , de acuerdo a lo siguiente ( aunque el SAT dice que es obligacion)

Artículo 112 LISR. Los contribuyentes sujetos al régimen previsto en esta Sección, tendrán las obligaciones siguientes:

III. Registrar en los medios o sistemas electrónicos a que se refiere el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, los ingresos, egresos, inversiones y deducciones del ejercicio correspondiente.

Existe la facilidad de acuerdo a las reglas para usar el sistema del SAT.

Sistema de registro fiscal
I.2.8.2. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 28, fracción III del CFF, los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal, así como el resto de las personas físicas, podrán ingresar a la aplicación electrónica “Sistema de Registro Fiscal”, disponible a través de la página de Internet del SAT, para lo cual deberán utilizar su RFC y Contraseña.
Una vez que se haya ingresado a la aplicación, los contribuyentes capturarán los datos correspondientes a sus ingresos y gastos, teniendo la opción de emitir los comprobantes fiscales respectivos en la misma aplicación.
En dicha aplicación podrán consultarse tanto la relación de ingresos y gastos capturados, como los comprobantes fiscales emitidos por este y otros medios.
Los contribuyentes que presenten sus registros o asientos contables bajo este esquema, podrán utilizar dicha información a efecto de realizar la integración y presentación de su declaración.
Con excepción de los contribuyentes sujetos al RIF, las personas físicas que cuenten con un sistema contable electrónico, podrán optar por llevar su contabilidad a través del mismo, siempre que cumplan con lo señalado en la regla II.2.8.2.
CFF 28, RMF 2014 II.2.8.2.
Cumplimiento de obligación de presentar declaración informativa
I.2.9.2. Para los efectos del artículo 112, fracción VIII de la Ley del ISR, se tendrá por cumplida la obligación de presentar la información de los ingresos obtenidos y las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones, así como la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre inmediato anterior, cuando los contribuyentes utilicen el sistema de registro fiscal establecido en la regla I.2.8.2.
LISR 112, RMF 2014 I.2.8.2
Salu2

Editado: Marzo 11, 2014 09:22:58

Editado: Marzo 11, 2014 09:30:17

Editado: Marzo 11, 2014 09:32:30
 
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grupoimper
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11/Mar/14 09:29
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?

Con respecto a tu segunda pregunta, efectivamente si es necesario que conserves el archivo XML.

Artículo 29CFF. Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades
que realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen, los contribuyentes deberán
emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria. Las personas
que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce temporal, reciban servicios o aquéllas a las que les hubieren retenido
contribuciones deberán solicitar el comprobante fiscal digital por Internet respectivo.

V. Una vez que al comprobante fiscal digital por Internet se le incorpore el sello digital del Servicio de Administración
Tributaria o, en su caso, del proveedor de certificación de comprobantes fiscales digitales, deberán entregar o poner a
disposición de sus clientes, a través de los medios electrónicos que disponga el citado órgano desconcentrado
mediante reglas de carácter general, el archivo electrónico del comprobante fiscal digital por Internet y, cuando les
sea solicitada por el cliente, su representación impresa, la cual únicamente presume la existencia de dicho
comprobante fiscal.
Salu2
 
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grupoimper
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11/Mar/14 11:37
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?

Entonces si es obligatorio llevar la contabilidad en el portal de SAT o no?

Sobre la segunda pregunta, que pasa si lo tengo asi como indico, tengo todas mis facturas del mes, pero estan todas impresas, no tengo los archivos electronicos, en una revision es valido entregar mi caja archivadora con las facturas impresas? o no me vale nada?

Saludos.
 
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juant1
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11/Mar/14 11:49
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?

Hola, contesto tus dos preguntas:

1.- No es obligatorio utilizar el portal de SAT. Ellos dicen que si, por eso te envié la fundamentación.

2.- Necesitas tener TODOS tus XML para poder deducir tus erogaciones. Los archivos XML los puedes bajar de la pagina del SAT si tuvieras algun problema con tus proveedores, pero la recomendacíon es pedirselos primero a ellos.

Salu2
 
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grupoimper
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11/Mar/14 12:11
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?

Muchas gracias por tu respuesta grupoimper.

Entonces una ultima cosa.. ya no tiene caso que imprima las facturas... ni que tenga cajas archivadoras? solo con tener registrado en el sistema contable y guardadas en la PC ya con eso cumplo con la obligacion, es asi?

Saludos.
 
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juant1
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11/Mar/14 14:29
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?

Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 y sus Anexos 1, 1-A, 9, 11, 14, 15 y 17.

Actualizado al 11 de marzo de 2014.

Esta Resolución y Anexos se encuentran pendientes de publicar en el Diario Oficial de la Federación


Sistema de registro fiscal “Mis cuentas”


1.2.8.2. Para los efectos del artículo 28, fracción Ill del CFF, los contribuyentes del RIF, deberán ingresar a la aplicación electrónica “Sistema de Registro Fiscal” “Mis cuentas”, disponible a través de Ia página de Internet del SAT, para lo cual deberán utilizar su RFC y Contraseña. El resto de las personas físicas podrán optar por utilizar el sistema de referencia.


Una vez que se haya ingresado a Ia aplicación, los contribuyentes capturarán los datos correspondientes a sus ingresos y gastos, teniendo Ia opción de emitir los comprobantes fiscales respectivos en Ia misma aplicación. Los ingresos y gastos amparados por un CFDI, se registrarán de forma automática en Ia citada aplicación, por Io que únicamente deberán capturarse aquéllos que no se encuentren sustentados en dichos comprobantes.


Los contribuyentes que presenten sus registros de ingresos y gastos bajo este esquema, podrán utilizar dicha información a efecto de realizar Ia integración y presentación de su declaración.


Quinto párrafo (Se deroga)
 
NADIE SABE LO QUE TIENE ....HASTA QUE LO VE AUDITORIA DEL SAT.
 
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MARIOORTIZ
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11/Mar/14 14:40
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?

Gracias a todos por sus respuestas..

Entonces si es o no es obligatorio utilizar el portal del SAT 'mis cuentas'? cual seria el fundamento valido? o se esta a la espera de esto?

Pregunto porque tengo el contpaq y no se si registrar todo en el contpaq o lo tengo que registrar en mis cuentas... ? todo esto para no hacer doble trabajo en caso que si se este obligado.


Saludos.
 
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juant1
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11/Mar/14 15:53
Re: OPCIONAL U OBLIGACION PARA UTILIZAR MIS CUENTAS?

Hola, pues si se publica la modificacion como dice el colega MARIOORTIZ, si sería obligacíon
( que es lo más seguro), y creo que por eso el SAT ya dice que si es obligación.

Es importante estar pendiente de esta publicación ya que de acuerdo a lo publicado en el DOF hasta el día de hoy, no es obligación.

Salu2
 
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grupoimper
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