24/Feb/14 14:14
iva de la tasa 16% o tasa 0% para la pasteleria ??
Hola buen día, los saludo a todos ustedes que están al tanto de los impuestos de nuestro país..
tengo una duda con respecto a las panaderías.. Soy persona física con actividad empresarial y profesional y años mi tasa es de 0%. y no tengo nigun establecimiento de café o restaurant para que se lo coman ahí. ahora con las reformas del 2014. ya no se si quede en 0% o al 16% aparte otro impuesto que tengo que cobrar que es del 8% de ieps. Me podrían orientarme si estamos o no con la tasa del 0% del iva.? no le entiendo a este farrafo de lo que publica FISCALIA.. gracias de antemano por su buena voluntad.
Para los efectos del artículo 2-A, fracción I, último párrafo de la Ley del IVA , se entiende que no son alimentos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, los siguientes:
…
V. Productos de panificación elaborados en panaderías resultado de un proceso de horneado, cocción o fritura, inclusive pasteles y galletas, aún cuando estos últimos productos no sean elaborados en una panadería.
No será aplicable lo previsto en las fracciones anteriores, cuando la enajenación se realice en restaurantes, fondas, cafeterías y demás establecimientos similares, por lo que en estos casos la tasa aplicable será la del 16% de la Ley del IVA.
Dados los anteriores fundamentos, ni los pasteles ni las galletas están afectas a la tasa 0%, salvo que se enajenen en restaurantes, como se indica anteriormente.