25/Ene/14 16:01
ENVIAR AVISOS ANTES DEL 01-ENERO-2014
ENVIAR AVISOS ANTES DEL 01-ENERO-2014
Resulta que ya no es valido el plazo de 30 dias antes.
No es posible disminuir obligaciones con fecha de Diciembre-2013; de acuerdo con la regla I.2.5.19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013.
Que dice::
Para efectos de lo establecido en el artículo 27, primer y décimo cuarto párrafos del CFF y 19 21, 22, 25 y 26 de su Reglamento, las solicitudes de inscripción con obligaciones, los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales o los avisos de reanudación de actividades que sean presentados a partir del mes de enero del 2014, no podrán manifestar como fecha de movimiento una anterior al 01 de enero de 2014, debiéndose apegar al régimen y obligaciones fiscales que corresponda conforme a la normatividad vigente.
Como ven
Que opinan
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.