15/Nov/14 16:14
Re: Régimen de Incorporación con ventas al publico en general.
Si el contribuyente que tributa en RIF únicamente tiene operaciones con el público en general, no es necesario elaborar factura global. Solamente se deben registrar los ingresos en Mis Cuentas, te emiten un comprobante del registro y ya puedes efectuar la declaración. De esta manera, tendrás derecho al estímulo fiscal del ISR y del IVA, y en su caso, del IEPS.
DEMUESTRA TU EDUCACIÓN. NO TRATES DE TÚ A TUS MAYORES, SINO DE USTED. Y EL MUNDO ESTARÁ MÁS TRANQUILO.