Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2 3

Mensaje Autor

Arriba
31/Dic/13 14:32
Re: ¿Que opinan de las disposiciones para el Reg de Incorporación en el Decreto de facilidades del 26/12/2013?

Creo que por la fecha que habia ya señalado la compañera ADARTSE por ahi debio haberse comenzado a buscar.

El internet es un universo muy grande de datos, pero si no buscamos la manera de delimitar los espacios, dificilmente se consigue lo deseado 26 de dic 2013
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
31/Dic/13 22:42
Re: ¿Que opinan de las disposiciones para el Reg de Incorporación en el Decreto de facilidades del 26/12/2013?

Hola,leyendo los comentarios de los compañeros del foro, los repecos que para 2014 ya estarán en el regimen de incorporación no se pagará isr e iva, entonces al emitir un cfdi no se trasladará el iva para poder asi aplicar el estimulo que menciona el art.septimo transitorios, espero estar apreciando bien sus comentarios.

Saludos.
 
Ayuda a tus semejantes a levantar su carga, pero no a llevarla.(Pitágoras)
 
Perfil

ARCENIA
Sargento Primero

Mensajes: 93
Ingresó: Junio 05, 2010
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Ene/14 13:46
Re: ¿Que opinan de las disposiciones para el Reg de Incorporación en el Decreto de facilidades del 26/12/2013?

Considero, que NO DEBERAS EMITIR NINGUN CFDI, de lo contrario, ya no te aplicaría el decreto


Ningún CFDI, incluyendo la global


Este es mi punto de vista, por precaución sugiero que te esperes en emitir cfdi público en general
 
Perfil

bandido07
Capitán Primero

Mensajes: 919
Ingresó: Junio 27, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Ene/14 16:26
Re: ¿Que opinan de las disposiciones para el Reg de Incorporación en el Decreto de facilidades del 26/12/2013?

UNA COSA IMPORTANTE:

CONSIDERO QUE LOS R.I.F., A PARTIR DEL 01-01-2014 DEBERAN 'REGISTRAR' SUS OPERACIONES Y DETERMINAR EL IMPUESTO QUE CORRESPONDE, SIN HABERLO TRASLADADO (IVA e IEPS), PARA ASI EN MARZO ´14 QUE ES CUANDO PRESENTARAN SU DECLARACION BIMESTRAL, PUEDAN APLICAR EL ESTIMULO FISCAL DEL 100%. EL ESTIMULO LO APLICARAN SOBRE UNA CANTIDAD DETERMINADA Y CONOCIDA.

ESPERO MAS COMENTARIOS.....
 
'MIRA QUE TE MANDO QUE SEAS VALIENTE; NO TEMAS NI DEMAYES PORQUE JEHOVA TU DIOS ESTARA CONTIGO DONDEQUIERA QUE VAYAS' Josué 1:9 ...y donde quiera que participes.
 
Perfil

JMAU
Teniente

Mensajes: 291
Ingresó: Enero 05, 2009
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Ene/14 21:59
Re: ¿Que opinan de las disposiciones para el Reg de Incorporación en el Decreto de facilidades del 26/12/2013?

Hola, entonces me espero a emitir un cfdi de aqui al día ultimo del mes de febrero para poder aplicar el estimulo??...pero si llega un cliente mañana y quiere una factura no se la doy o se la doy sin desglosar el iva ?...mientras doy notas de venta y llevo mis registros de mis ingresos y gastos para cuando tenga que presentar la primer declaración me pueda aplicar el estimulo.

Espero comentarios.
 
Ayuda a tus semejantes a levantar su carga, pero no a llevarla.(Pitágoras)
 
Perfil

ARCENIA
Sargento Primero

Mensajes: 93
Ingresó: Junio 05, 2010
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Ene/14 02:28
Re: ¿Que opinan de las disposiciones para el Reg de Incorporación en el Decreto de facilidades del 26/12/2013?



¡Hola a Todos !!!

El Comprobante Fiscal Digital por Internet CFDi del nuevo Régimen de Incorporación Fiscal se ve como NO DEDUCIBLE, ¿por qué?:

aa) Por qué por un lado, la Nueva Ley del Impuesto sobre la Renta 2014, esta condonando el pago del ISR a este Régimen de Incorporación Fiscal. Entonces, conforme a Simetría Fiscal, si no paga ISR no es Deducible.

bb) Ahora, este nuevo Decreto de Beneficios Fiscales, el Séptimo Transitorio, le otorga un estímulo fiscal del 100% del I.V.A, con la obligación de No Trasladar el Impuesto al Valor a Agregado en el CFDi, lo que lo hace NO ACREDITABLE.

cc) Si ya se miraba mal, antes del Decreto de Beneficios Fiscales, ahora se mira como un Comprobante del Nuevo Régimen de Pequeños Contribuyentes.

dd) Más, el Timbrado deja algo que desear, será con un contraseña o Fiel, en el portal del SAT Factura Electrónica Gratuita o a través del Programa de Registro Fiscal, cuando debería ser con Certificado de Sello Digital.

ee) Cuando se valide de manera extensiva el CFDi del Régimen de Incorporación Fiscal y este Timbrado por Fiel Contraseña tendrá observaciones.

En fin, de una u otra forma esta obligado a expedir un CFDi por sus operaciones con el público en general de manera diaria, semanal, mensual o bimestral.

¡Saludos a Todos!!!

Silvestre®




Editado: Enero 02, 2014 02:30:38

Editado: Enero 02, 2014 02:38:31

Editado: Enero 02, 2014 02:51:18
 
Perfil

Silvestre
Mayor

Mensajes: 1050
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/Ene/14 00:49
Re: ¿Que opinan de las disposiciones para el Reg de Incorporación en el Decreto de facilidades del 26/12/2013?

Creo que este tema tiene puntos que aclarar todavia.

1.- existe la oblicacion de que los contribuyentes con ingresos superiores
a 250,000.00 que presentar pagos referenciados, ¿?

2.-El estimulo del iva del 100%, unos piensa que estan exentos y creo que no va por ahi
habla de un estimulo y hay un renglon de otros estimulos en el formato de pagos referenciados ¿?

3.- Este regimen independientemente de las facilidades sigue obligado a expedir CFDI
no hay ningun articulo que diga lo contrario ¿?.

4.- el estimulo del iva habla que tienen que ser ventas al publico en general, y si un cliente pide factura ¿se tendra que pagar el iva de ese cliente en expecifico?,¿ no se podra acreditar iva de alguna compra,para poder cancelar ese iva?

5.-La obligacion de llevar contabilidad existe, no encontre en facilidades nada que me diga
lo contrario.

son preguntas que me hago
de antemano Gracias por cualquier comentario.
 
Perfil

JESUSPEIRO
Sargento Primero

Mensajes: 87
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/Ene/14 12:56
Re: ¿Que opinan de las disposiciones para el Reg de Incorporación en el Decreto de facilidades del 26/12/2013?

Hola colegas, así como lo mencionan, quiero entender que muy claro no nos ha quedado a varios, me incluyo.

Expedición de comprobantes en operaciones con el público en general

I.2.7.1.22. Para los efectos del artículo 29-A, fracción IV, segundo párrafo, y último párrafo del CFF, los contribuyentes
podrán elaborar un CFDI diario, semanal o mensual donde consten los importes totales correspondientes a los comprobantes
de operaciones realizadas con el público en general del periodo al que corresponda, utilizando para ello la clave genérica del
RFC a que se refiere la regla I.2.7.1.5. Los contribuyentes que tributen dentro del régimen de incorporación fiscal, podrán
elaborar el CFDI de referencia, de forma bimestral.

Los comprobantes de operaciones con el público en general a que se refiere el párrafo anterior, deberán contener los
requisitos del artículo 29-A, fracciones I y III del CFF, así como el valor total de los actos o actividades realizados, la cantidad,
la clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen y cuando así proceda, el número
de registro de la máquina, equipo o sistema y, en su caso, el logotipo fiscal.

Los comprobantes de operaciones con el público en general podrán expedirse en alguna de las formas siguientes:
I. Comprobantes impresos en original y copia,
debiendo contener impreso el número de folio en forma consecutiva
previamente a su utilización. La copia se entregará al interesado y los originales se conservarán por el contribuyente que los
expide.

La opcion de hacer un comprobante habla de comprobante impreso en original y copia. Seguiremos con notas y despues un CFDI por las ventas como Publico en general?
Y para no perder el beneficio del IVA. no trasladarlo?
Ahora lo que comenta JESUSPEIRO.
SI REel estimulo del iva habla que tienen que ser ventas al publico en general, y si un cliente pide factura ¿se tendra que pagar el iva de ese cliente en expecifico?,¿ no se podra acreditar iva de alguna compra,para poder cancelar ese iva?

Quiero entender que en este momento no lo puede aplicar el beneficio de no pagar, ya que seria toda la operación venta al publico, si no, no tienes beneficio?

A quí dejo mi duda, y agradesco a todos por su tiempo
 
LEOPOLDO MARTINEZ
 
Perfil

LEMARCH
Subteniente

Mensajes: 162
Ingresó: Junio 17, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
17/Ene/14 12:23
Re: ¿Que opinan de las disposiciones para el Reg de Incorporación en el Decreto de facilidades del 26/12/2013?

Saludos:

He leído lo que han publicado, y me queda la duda, de si un RIF puede negarse a dar una factura a un particular registrado en el SAT, justificando o amparándose en el Art 7o Transitorio de las facilidades? ya que su venta es exclusiva a público en general.

Es factible o trae muchos riesgos?

Gracias.
 
Perfil

Israel_at
Soldado

Mensajes: 1
Ingresó: Enero 17, 2014
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
17/Ene/14 17:57
Re: ¿Que opinan de las disposiciones para el Reg de Incorporación en el Decreto de facilidades del 26/12/2013?

Haber Silvestre, como me decia un Maestro...

Si me encuentras en donde de la ley dice eso de simetría fiscal te exento...

Eso es una 'jalada' del SAT nada mas o mas en especifico del imbécil del Aristoteles...
 
Perfil

Alan_h14
Subteniente

Mensajes: 175
Ingresó: Mayo 07, 2012
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2 3