19/Dic/13 16:31
interpretacion de la CFF en CFDI
Solicito su ayuda para la interpretacion al texto modificado del CFF para 2014:
Artículo 29-A.
VII.
a)Cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición, en el momento en que se expida el comprobante fiscal digital por Internet correspondiente a la operación de que se trate, se señalará expresamente dicha situación.
Entiendo que se le asentará la leyenda 'Pago en una sola exhibicion' en el momento en que se elabore el comprobante, aunque el momento de pago sea posterior o ustedes ¿Qué piensan?.
b) Cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición se emitirá un comprobante fiscal digital por Internet por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice y se expedirá un comprobante fiscal digital por Internet por cada uno de los pagos que se reciban posteriormente
Aquí surge la duda por que la redaccion inicia indicando así 'Cuando la contraprestacion no se pague en una sola exhibición' pero sigue diciendo que 'Semitirá un un comprobante fiscal en el momento en que ésta se realice'y emitir comprobantes fiscales por los pagos.
La situación es que en mi caso se supone siempre que el cliente me pagará en una sola exhibición, pero no me pagará en el momento en que le hago el comprobantesino que lo hará varios días después. Entonces la pregunta es: ¿Le pondré la leyenda de pago en una sola exhibicion?.
Siguiente caso es que al momento de que me paga resulta que no tiene dinero y me paga solo una parte del comprobante, Entonces ahi que procede si en su momento indiqué que sería pagado en una sola exhibicion? ¿Debo hacer un comprobante fiscal por el abono? o ¿Qé procede en esos casos?