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11/Nov/13 14:06
Pago de audioria IETU 2011 en 2014

Haber que me pueden comentar compañeros.

Em estos momentos soy sujeto de una auditoria de IETU, mi cliente es persona moral, es una escuela, cabe señalar que esta auditoria es estatal no federal.
Ya le entregue todas las cosas, con su respectiva acta, antes de que comiencen a liquidar pedi hablar con la auditora, para ver el resultado que le salio a ella, que por cierto, un resultado completamente equivocado, solo tomo todo lo depositado en el banco 'a lo wey' sin considerar traspasos que existen entre cuentas, prestamos bancarios, y algunas otras consideracionies que hay que hacer para determinar el ingreso efectivamente cobrado, les importo un comino.
Antes de oficialmente desvirtuar este resultado voy a hablar con ella para tratar de hacerla que entre en razon..

Mi pregunta es, digamos que le desvirtuo 'extraoficialmente' lo que segun ella le salio, ya le da a ella el resultado que me salio a mi, me levanta la ultima acta y todo y ya queda el credito firme antes del 31/12/13, que pasa para 2014? ya no estoy obligado a pagarlo? si lo tengo que pagar? alguna accion a hacer?

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Alan_h14
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11/Nov/13 16:24
Re: Pago de audioria IETU 2011 en 2014

Buenas tardes...

En primer lugar, no importa si la auditoria es federal o estatal, hoy día, tanto la federación como el estado existe reciprocidad de información, sin embargo, tu deber como profesional sera desvirtuar, efectuando compulsas entre cuentas de origen...

No te adelantes al resultado...debes ir por partes.....pero...

Caes en los supuestos del numeral 4 del IETU??????

Saludos
 
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GOrnelas
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11/Nov/13 16:48
Re: Pago de audioria IETU 2011 en 2014

Mi pregunta es, digamos que le desvirtuo 'extraoficialmente' lo que segun ella le salio, ya le da a ella el resultado que me salio a mi, me levanta la ultima acta y todo y ya queda el credito firme antes del 31/12/13, que pasa para 2014? ya no estoy obligado a pagarlo? Si estas obligado simpre y cuando se finque un crédito a cargo del contribuyente si lo tengo que pagar? Si alguna accion a hacer? Entiendo que con los datos con los que tu cuentas ya pagaste el IETU que te correspondio, de ser así y que la auditora llegue al mismo resultado, no habría cantidad a pagar.
 
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CP_PACO
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11/Nov/13 17:08
Re: Pago de audioria IETU 2011 en 2014

Una observación colega PACO, la diferencia no esta en el IETU, sino en lo que pretende ' gravar la autoridad al contribuyente, ' LLámese traspasos, prestamos etc, etc, no al calculo normal de IETU sin esas partidas, ademas aun y teniendo credito lo puede impugnar, dependiendo de infinidad de factores...

Saludos
 
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GOrnelas
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11/Nov/13 17:52
Re: Pago de audioria IETU 2011 en 2014

Gracias por las respuestas compañeros, no es lo que busco.

Yo puse que era del estado solo como dato, yo se que los estados tienen convenios con la federacion y tantas cosas.
No me preocupa tumbarle todo, porque a pesar de que es mucho trabajo, tengo razon, asi que tampoco es por ahi.

Este 'desvirtuo' de hechos, como lo comente en el primer post, es extraoficial, no existe acta parcial final, solo la acta de inicio de la auditoria y estoy seguro que se lo voy a desvirtuar hasta llegar al punto donde salga lo que me salio a mi en mis papales de trabajo, como dije, solo lo puse como dato porque la autoridad asi lo hace, y le importa un cacahuate como manejas la contabilidad, es muy comodo para ellos solo meter todos los depositos del banco sin saber que, inclusive y como otro dato curioso, las deducciones que me van a tomar en cuentas, fueron como 800,000 pesos mas de las manifestadas (esta empresa maneja ventas por aproximadamente 9 millones de pesos), me queda claro que eso no se los voy a desvirtuar, pero es hasta ahi donde llega la ignorancia o flojera de los audiotores de gobierno.

Mi pregunta va mas encaminada a la situacion con la reforma, sabiendo que esta ley se abroga por completo, me pueden seguir cobrando IETU en 2014 aun y cuando no exista esta ley? Que comentarios puede haber al respecto de esta duda.
 
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Alan_h14
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11/Nov/13 18:21
Re: Pago de audioria IETU 2011 en 2014

MI ESTIMADO QUE TAL

MIRA EN PRIMER LUGAR SI TE ESTAN REVISANDO EL EJERCICIO 2011, 12 O 13 EN SU CASO, CLARO QUE ESTAS OBLIGADO, RECUERDA QUE LA REORMA SURTIRAN EFECTO APARTIR DEL 2014, EL HECHO QUE SE ABROGUE EL IETU NO IMPLICA QUE TE LIBERAS DE TODA BLIGACION RECUERDA ES APARTIR DEL 2014, NO ES RETROACTIVO
SALUDOS!!!!!!!!!!!!!
 
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FELIPAO1
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12/Nov/13 08:51
Re: Pago de audioria IETU 2011 en 2014

Alan: La autoridad con base en sus facultades de comprobación te podrá revisar inclusive otros ejercicios anteriores con respecto al IETU aunque este impuesto no se generé más en el 2014.
 
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CP_PACO
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12/Nov/13 09:59
Re: Pago de audioria IETU 2011 en 2014

Pues es lo que me temia, se que a pesar de que la ley se abroga, pues en sus años sigues siendo sujeto de impuesto.

Pero por ahi escuche algo al respecto que ya no te podian hacer efectivo el cobro porque la ley no existe juridicamente, y no te pueden aplicar retroactividad de la ley, a lo mejor en papel si pueden cobrarte, pero tendria que entrar un abogado a pelear al caso para aplicar un criterio o algo por ahi.

Apegandome al derecho penal, del cual no se nada, pero si se algo de la retroactivadad de la ley y que no te la pueden aplicar para perjudicarte.

Si esta persona comete un crimen en 2011, en este ejemplo, debido al crimen que cometio estaba condenado a la pena de muerte, llega 2013 y entra una nueva ley penal por completo, abrogando la pasada en la cual ya no existe la pena de muerte, creemos que le van a aplicar la pena de muerte por haber cometido el crimen en 2011?

Yo digo que no,por aquello de lo que comentaba arriba de la retroactividad de la ley, pero a su ves, entran criterios del derecho que no conozco a fondo como sentencias y ese tipo de cosas.

A lo mejor resulta un poco extremista el ejemplo, pero tengan por seguro que la mayoria de los preceptos y principios que aplica el derecho penal, se aplican en el derecho fiscal.

Siento que el tema lo estamos viendo con ojos de contador y no de abogangster.

Editado: Noviembre 12, 2013 10:01:30
 
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Alan_h14
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12/Nov/13 10:24
Re: Pago de audioria IETU 2011 en 2014

Buen día compañero, me permito comentarle que la ley de IETU se abroga en 2014, pero el credito fiscal que se determine en su caso, persiste y subsistira conforme al 4 CFF, entre otros articulos del mismo.

Saludos
 
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GOrnelas
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12/Nov/13 11:31
Re: Pago de audioria IETU 2011 en 2014

Alan: Consúltalo con un abogado y te dira lo mismo, el hecho generador se efectuo durante la vigencia de la ley, que se te determine en un ejercicio en el cual ya la ley esta abrogada no importa siempre y cuando esten en plazo las facultades de comprobación de la autoridad.
 
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CP_PACO
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