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23/Ago/13 10:09
Re: Complementarias después del Dictamen o el dictamen

Muchas gracias por tu interés sosgtorreon, y por tu valiosa aportación enrique 9727,

Han respondido a mi duda inicial de manera muy clara, ya sólo para no dejar puntos pendientes esta AC no da servicios educativos, sino suple a la SEP en su función de evaluación de planteles del nivel medio superior para adherirlos al sistema nacional de bachillerato, el concepto de los recibos que expedimos es de subsidio apegado al presupuesto tal de la SEP, de hecho en el acta constitutiva aparece como asociada la SEP y otros organismos, año con año se firma un convenio de colaboración en el que se determinan los objetivos de la AC y el presupuesto asignado.

Las dos partes ya acudimos a especialistas fiscales y adivinen qué, a cada uno nos dieron puntos de vista con la postura que tenemos, al auditor su asesor le dijo que si era una prestación de servicios y que gravaba IVA, a nosotros nuestro asesor nos fundamento porque no es objeto del IVA, ahora hay que esperar que dice el SAT.

De antemano le agradezco infinitamente por su tiempo.
 
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chiparturo
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23/Ago/13 10:43
Re: Complementarias después del Dictamen o el dictamen

Pues habrá que esperar la postura de la autoridad para que de alguna forma se homologue la información de la entidad con la que tiene el dictamen.
 
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CP_PACO
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