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08/Ago/13 17:07
Constructoras: obras grandes con gobierno ¿Aviso Ley lavado de dinero?

Buenas tardes colegas

Tengo la siguiente inquietud:

Asesoro a una constructora que obtuvo una licitacion de una obra por poco mas de un millon de pesos ($1,000,000.00) con un gobierno Estatal. Mi inquietud es si se coloca en el supuesto dar aviso segun la siguiente disposicion de la ley de antilavado:

Articulo 17 De las Actividades vulnerables

V. La prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles o de intermediación en la transmisión de la propiedad o constitución de derechos sobre dichos bienes, en los que se involucren operaciones de compra o venta de los propios bienes por cuenta o a favor de clientes de quienes presten dichos servicios.

Serán objeto de Aviso ante la Secretaría cuando el acto u operación sea por una cantidad igual o superior al equivalente a ocho mil veinticinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal ($ 519,699.00)

¿Debemos de dar aviso a la Secretaria, SHCP?

Agradeceria sus opiniones

Saludos
 
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choco75
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09/Ago/13 08:19
Re: Constructoras: obras grandes con gobierno ¿Aviso Ley lavado de dinero?

Tu actividad es considerada como actividad vulnerable, por locual, debes de recabar toda la información de tus clientes (en las reglas, supongo que vendrá claramente qué tipo de documentación será suficiente)

y sólo informarás por operaciones superiores a 519,699.00, en tu caso, pero que te hayan pagado en EFECTIVO

si es con cheque o trasferencia, no hay prohibición, por lo cual , no tendrás que reporar, mas sin embargo sí tendrás que tener toda la documentación de tu cliente a disponibilidad del SAT, sin importar el monto que te hayan pagado o si es en efectivo o transferencia, pero solo reportarás pagos en efectivo superior a ese monto

Si el gobierno te paga en EFECTIVO montos superiores al importe anteriormente señalado, pues,.... a reportarlo
 
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bandido07
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09/Ago/13 08:42
Re: Constructoras: obras grandes con gobierno ¿Aviso Ley lavado de dinero?

Buen día:

En relación con …La prestación habitual o profesional de SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN O DESARROLLO DE BIENES INMUEBLES… la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, señala dos supuestos en los que pudieran ubicarse las operaciones:

Aviso ante la SHCP…………..Valor de la operación igual o superior a 8025 VSMV del DF $519,699.00.

(Fundamento legal: Artículo 17, fracción V, de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita)


Prohibido el uso de monedas billetes, en moneda nacional o divisa o metales preciosos…………………………...Valor de la operación igual o superior a 8025 VSMV del DF $519,699.00.

(Fundamento legal: Artículo 32, fracción I, de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita)

Saludos

Editado: Agosto 09, 2013 08:44:56

Editado: Agosto 09, 2013 08:47:07
 

 
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a_cano
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09/Ago/13 10:04
Re: Constructoras: obras grandes con gobierno ¿Aviso Ley lavado de dinero?

A ver Bandido tu me dices que solo si el gobierno me paga en efectivo debo de dar aviso a la SHCP. Si no me paga en efectivo no doy aviso.

Mmm...

Me quedo peor con la duda, ok. Ya mezclaste el efectivo aqui Bandido.

Obviamente el gobierno nunca me va a pagar en efectivo sino por transferencia.

Mas bien mi pregunta es ¿si encuadro en el supuesto del 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita?. Si asi es entonces debere dar aviso a la SHCP.

Mejor doy aviso y me curo en salud.



Editado: Agosto 09, 2013 10:05:45
 
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choco75
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09/Ago/13 10:15
Re: Constructoras: obras grandes con gobierno ¿Aviso Ley lavado de dinero?

Sí encuadras en actividad vulnerable, sí debes de tener a tus clientes bien identificado. (sin importar el monto y como te paguen)

Sólo debes de informar pagos en efectivo superiores a ese monto

Está PROHIBIDO el recibir pagos en efectivo por esos montos, pero solo si eres PF no contribuyente, osea, un asalariado que vende su casa en esos montos en EFECTIVO está PROHIBIDO, y si lo hace, la multa es inminente

Tú como empresa, no puedes controlar esa situación, ya que muchas veces quien deposita es el cliente, y si te deposita esos montos en efectivo, pues, tendrás que informar para evitar la multa, previamente, debiste de haber recabado toda la información, ya que como actividad vulnerable, ANTES de efecturar cualquier operación con el cliente, debiste de haberle solicitado su expediente completo.

Imagínate que tendramos que informar tal situación de todas las ventas por esos montos (efectivo cheques y transferencias) la SHCP se va a llenar de basura, ya que la gran mayoría son con créditos hipotecarios y muchas veces son de créditos infonavit pagaderos a 30 años, y el fin de la Ley no le interesa saber quienes compran, sino como compran.
 
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bandido07
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09/Ago/13 12:03
Re: Constructoras: obras grandes con gobierno ¿Aviso Ley lavado de dinero?

Buen día:

Aun cuando, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, fue publicada desde el pasado 17 de octubre de 2012 en el DOF, misma que entró en vigor el 17 de julio de 2013, considero que no se podrá poner en práctica sino hasta que el Ejecutivo Federal, emita y publique su Reglamento, donde, indique como será el proceso para la presentación del reporte de operaciones vulnerables, entre otras cuestiones.

Saludos
 

 
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a_cano
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12/Nov/13 11:33
Re: Constructoras: obras grandes con gobierno ¿Aviso Ley lavado de dinero?

Conclusion avisos constructoras:

Contrato con GOBIERNO: NO
Ok Entonces en este caso los contratos con Gobierno SCT etc. segun sus comentarios no se da aviso,

En caso de subcontratacion aprticular SI: pero como yo no se si quien me contrata, que va a hacer con el dinero, si lo va a manejar efectivo etc, etc, en el caso de subcontratacion en TODOS LOS CASOS SE AVISA.

¿Estoy bien? o ¿con Gobierno (SCT) también se informa?

Saludos


Editado: Noviembre 12, 2013 11:51:07
 
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choco75
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12/Nov/13 12:52
Re: Constructoras: obras grandes con gobierno ¿Aviso Ley lavado de dinero?

No quisiera polemizar más el asunto, pero creo que para ser actividad vulnerable se debe atender a la lectura completa de dicha fracción, no todos los contratos de construcción son actos vulnerables, únicamente 'en los que se involucren operaciones de compra o venta de los propios bienes por cuenta o a favor de clientes de quienes presten dichos servicios'

Si para llevar a cabo la obra tienes que comprar o vender bienes por cuenta y a favor de quien te asignó la concesión podrías ser acto vulnerable, si no implica ese tipo de operaciones y lo único que haces es construir, no creo que lo seas....

Saludos,
 
Christian S. 'Por mi raza hablará el espiritú'
 
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cdsantoyo
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12/Nov/13 13:11
Re: Constructoras: obras grandes con gobierno ¿Aviso Ley lavado de dinero?

Buena tarde:

Si clasificamos en dos grupos las Actividades Vulnerables descritas en el primer párrafo de la fracción V, del artículo 17 de la LFPIORPI, quedarían de la siguiente manera:

Para la industria de la construcción:

Los servicios de construcción o desarrollo de inmuebles.

Para los intermediarios inmobiliarios:

La intermediación en la transmisión de la propiedad o constitución de derechos sobre dichos bienes, en los que se involucren operaciones de compra o venta de los propios bienes por cuenta o a favor de clientes de quienes presten dichos servicios.

Entonces, ]¿Que operaciones agruparía en servicios de construcción y desarrollo de inmuebles?

La ley no hace distinción de cuales si o cuales no se reportan, por lo tanto, se consideran Actividades Vulnerables por el simple hecho de su realización.

Además, ¿Cuál es el uso o significado gramatical de la letra “O”, en el primer párrafo de la fracción V, del artículo en comento?

Quedo atento.

Editado: Noviembre 12, 2013 13:13:21

Editado: Noviembre 12, 2013 13:16:38

Editado: Noviembre 12, 2013 13:24:51
 

 
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a_cano
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12/Nov/13 13:12
Re: Constructoras: obras grandes con gobierno ¿Aviso Ley lavado de dinero?

cdsantoyo y todos los que quieran aportar a este tema

El gobierno (SCT) me da la licitación y obviamente que tengo que comprar los materiales piedra cemento grava maquinaria etc.

¿Cual seria entonces mi hipótesis en la Ley Antilavado?

¿Estaria obligado a dar aviso o no?
 
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choco75
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