Para el pago del tiempo extra, el art 66 de LFT dice que no exceda de tres horas diarias ni de tres veces a la semana.
Es valida tambien la aplicacion de 9 horas a la semana y el excedente seran triples?
Sin importar que sean 6 horas en un dia y 3 en otro, rompiendo con el art 66
Si hablamos de validez, debemos considerar que ambos articulos 66 y 68 forman parte de la LFT *ley* misma que se ha realizado bajo parametros o protocolos de constitucionalidad por lo tanto ya SERIAN TOTALMENTE VALIDOS AMBOS ARTICULOS. No habria motivos para no considerarse aplicarse alguno de los dos o ambos articulos, ni siquiera de manera parcial.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?