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12/Mar/13 14:06
Re: Compensacion IETU vs ISR anual

Estoy de acuerdo contigo, sin embargo, bajo la premisa de que se decide presentar el aviso de compensación es necesario tener reflejado dicho saldo de forma integra, ya que éste debe coincidir en la declaración que lo origina y en el aviso correspondiente, ya que de no ser así el trámite puede ser rechazado.

Se que no hay un procedimiento descrito para esta situación, pero en la práctica quienes revisan dichos trámites normalmente no entienden de aplicaciones de ley, solo de saldos y cruces.... lamentable... pero real.

Saludos,
 
Christian S. 'Por mi raza hablará el espiritú'
 
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cdsantoyo
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12/Mar/13 14:20
Re: Compensacion IETU vs ISR anual

'Estoy de acuerdo contigo, sin embargo, bajo la premisa de que se decide presentar el aviso de compensación es necesario tener reflejado dicho saldo de forma integra, ya que éste debe coincidir en la declaración que lo origina y en el aviso correspondiente, ya que de no ser así el trámite puede ser rechazado. '

BUENO ENTONCES TU NO APLICASTE LA REGLA EN CUESTION, SI NO TE FUISTE CON LO QUE DICTA EL NUMERAL DE LA LIETU PARA COMPENSAR..

'Se que no hay un procedimiento descrito para esta situación, pero en la práctica quienes revisan dichos trámites normalmente no entienden de aplicaciones de ley, solo de saldos y cruces.... lamentable... pero real.'

compañero, el chiste aqui es 'como se lo explicas a la autoridad es el como las formas, con papeles de trabajo y argumento fiscal '

EL TEMA ES POR DEMAS INTERESANTE...

saludos
 
El mejor guerrero no es aquel que triunfa siempre, sino aquel que vuelve sin miedo a la batalla... (Experto en soluciones DEVyCOMP)
 
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GOrnelas
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12/Mar/13 21:37
Re: Compensacion IETU vs ISR anual

Pues yo apliqué la regla y lo reflejé en el portal bancario.

en Octubre del año pasado me llegó una Carta Invitación para realizar el Aviso de Compensación y les contesté con el argumento de la Facilidad Administrativa.

Hasta la fecha no me han vuelto a molestar.

Esperemos que así siga.
 
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EHHS
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