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22/Feb/13 16:54
Compensacion IETU vs ISR anual

Que tal buenas tardes, traigo algunas dudas que me gustaría exponer y me puedan ayudar a aclararlas. Soy PM, en mi declaración anual tengo un ISR a Cargo por $240,000 y un IETU a favor por $204,840, mi duda es ¿Utilizo la regla miscelanea I.4.3.1 donde mis pagos provisionales de IETU los pongo en Pagos provisionales de ISR en la anual, para disminuir dicho impuesto a cargo? o ¿ Envió mi declaración anual manifestando mi saldo a favor de IETU y hacer la compensación contra ISR en portal bancario, después mandar los anexos del F3241? cual opcion seria mejor y si hay algun problema despues con el SAT
 
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lucero01
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23/Feb/13 19:52
Re: Compensacion IETU vs ISR anual

la regla 1.4.3.1 es clara. no hay que hacer e aviso de compensacion. yo me hiria por ahi.
y guardar muy bien esa regla.
suert
 
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fdiaz
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25/Feb/13 08:48
Re: Compensacion IETU vs ISR anual

Gracias Fdiaz, tu has tenido alguna experiencia en esa regla, te han requerido?
 
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lucero01
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28/Feb/13 12:33
Re: Compensacion IETU vs ISR anual

hola buenas tardes compañera veamos analicemos dicho numeral de la rmf 2013

.4.3.1. Para los efectos del artículo 8 de la Ley del IETU, los contribuyentes antes de efectuar el acreditamiento a que se refiere el tercer párrafo del artículo citado, podrán compensar los pagos provisionales del IETU efectivamente pagados correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate, contra el ISR propio que efectivamente se vaya a pagar correspondiente al mismo ejercicio, hasta por el monto de este último impuesto. En este caso, la compensación efectuada se considerará ISR propio efectivamente pagado.
Los contribuyentes que apliquen la opción a que se refiere el párrafo anterior, no podrán acreditar en los términos del artículo 8, tercer párrafo de la Ley del IETU, los pagos provisionales de dicho impuesto que hubieran compensado en los términos de esta regla ni solicitar su devolución. Asimismo, quedarán relevados de presentar el aviso de compensación que se señala en la regla II.2.2.6.

aplica la regla tal cual esta, y analiza lo subrayado.. lo que hagas debe quedar plasmado en papel de trabajo y anotas su correspondiente fundamento, toda vez que en el formato de la anual que yo recuerde no viene la aplicacion de COMPENSACION DE PP DE IETU contra ISR A CARGO, a menos que lo pongas en otras cantidades a favor..

saludos
 
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GOrnelas
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28/Feb/13 12:43
Re: Compensacion IETU vs ISR anual

Hola,

Totalmente de acuerdo con el colega GOrnelas,

Lo que yo haría adicionalmente sería presentar un escrito libre al SAT en donde se explique tal situación.


Saludos
 
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jgvv22
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28/Feb/13 12:46
Re: Compensacion IETU vs ISR anual

hola siguiendo

'Lo que yo haría adicionalmente sería presentar un escrito libre al SAT en donde se explique tal situación'

no lo recomiendo para que hacer ruido, si todo queda en papel de trabajo dedibamente soportado


saludos
 
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GOrnelas
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28/Feb/13 12:52
Re: Compensacion IETU vs ISR anual

Buenas tardes GOrnelas pero no soy compañera soy compañero genero masculino jajajaja, pues si, me fui por la regla I.4.3.1, dejando todo plasmado solo como papeles de trabajo.

Gracias jgvv22 por tomarte tiempo de contestar
 
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lucero01
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28/Feb/13 12:58
Re: Compensacion IETU vs ISR anual

'Buenas tardes GOrnelas pero no soy compañera soy compañero genero masculino jajajaja, pues si, me fui por la regla I.4.3.1, dejando todo plasmado solo como papeles de trabajo'

mil disculpas por cambiarte de genero, ejejeje pero leo tu nick ps por eso, y que bien que te decidiste por la regla mencionada..

saludos
 
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GOrnelas
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12/Mar/13 12:41
Re: Compensacion IETU vs ISR anual

Estimados,

Solo para dejar constancia, yo si he tenido experiencia de requerimientos de dicha compensación, afortunadamente si los había presentado.

El sustento que dan ellos para que exista un aviso es que, en realidad la regla da la opción de reflejar la compensación en el propio cálculo anual, pero en ningun momento te exenta de las obligaciones de dicha compensación.

Sé que es un tema muy debatible, pero en mi experiencia si me fue de utilidad tener presentado dicho aviso, creo que eso puede ser una cuestión de criterio y de costo beneficio, a final de cuentas si la autoridad te lo requiere y no lo tienes te puede infraccionar, y en ese caso puedes inconformarte de acuerdo a lo que los colegas exponen, pero el costo no se si valga la pena comparado con el tiempo que invertirías en elaborar dicha compensación.

Resumen, el criterio del SAT es que si se presente al menos en mi experiencia.

Ahora que si decides presentar dicha compensación, el procedimiento que llevé a cabo y que según el SAT es correcto, es declarar en el anexo de IETU el saldo a favor integro y reflejar en el anexo de renta dichos pagos en exceso de IETU como ISR propio, pero presentar declaración bancaria con compensación para que en base a ella presentes el aviso.

Repito... es mi experiencia personal y puede que yo sea la excepción...

Saludos,
 
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cdsantoyo
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12/Mar/13 12:58
Re: Compensacion IETU vs ISR anual

'Ahora que si decides presentar dicha compensación, el procedimiento que llevé a cabo y que según el SAT es correcto, es declarar en el anexo de IETU el saldo a favor integro y reflejar en el anexo de renta dichos pagos en exceso de IETU como ISR propio, pero presentar declaración bancaria con compensación para que en base a ella presentes el aviso. '

esto lo marca la ley del IETU, ... y asu vez el 23 CFF, no la propia regla en comento... la opcion de la regla es ocupar LOS PAGOS PROVISIONALES DE IETU HASTA DONDE SE NECESITE PARA 'COMPENSAR' EL PAGO DE ISR Y ASI QUEDAR 0 en ISR, Y EN EL IETU SOLO QUEDARA LA PARTE QUE 'NO COMPENSASTE'... CUESTION DE JUGAR CON LOS NUMEROS Y LOS CAMPOS.

SALUDOS
 
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GOrnelas
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