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06/Dic/12 13:37
DUDA ASIMILADOS A SALARIOS O SERVICIOS PROFESIONALES

Tengo la siguiente duda acerca del esquema de Asimilados a salarios

Articulo 110 fracc. V de la LISR


V. Los honorarios que perciban las personas físicas de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales a las que presten servicios personales independientes, cuando comuniquen por escrito al prestatario que optan por pagar el impuesto en los términos de este Capítulo.

Estoy pensando en darme de alta en el RFC y estoy viendo en que régimen me conviene mas estoy entre PF servicios profesionales y asimilados a salarios, pero estoy un poco confundida acerca de esquema de asimilados a salarios, entiendo que en el de servicios profesionales tendre que declarar IVA-ISR-IETU y asi mismo le entregare comprobantes deducibles y acreditables para estos impuestos a mis clientes, y que en el caso asimilable solo seran deducibles para ellos para ISR, Mi duda solamente es si puedo darme de alta como asimilable en vez de servicios profesionales, gracias.
 
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LCLETICIA
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06/Dic/12 13:57
Re: DUDA ASIMILADOS A SALARIOS O SERVICIOS PROFESIONALES

Buenos dias/tardes
LCLETICIA

Todo depende de lo que te vayas a dedicar , es decir depende de las actividades que vas a realizar o del proyecto que tienes en mente, para darte una opinion nos pudieras informar el tipo de servicio que prestas o el tipo de servicios que vas a prestar.
 
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JUSANDCONTAB
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06/Dic/12 15:05
Re: DUDA ASIMILADOS A SALARIOS O SERVICIOS PROFESIONALES

SERVICIOS CONTABLES AHORITA SOLO TENGO 2 CLIENTES PERO NO LES ESTOY DANDO COMPROBANTE NI NADA Y ESTOY EN DUDA CUAL SERIA LA MEJOR OPCION QUE ME PAGUEN COMO ASIMILADO A SALARIO O YA DARME DE ALTA MEJOR COMO PF ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y PROFESIONAL, PENSABA EN EL ESQUEMA DE ASIMILADOS POR QUE PUES NO TENGO QUE HACER NADA DE DECLARACIONES NI NADA NOMAS QUE ELLOS ME RETENGAN EL ISR Y LO ENTEREN,

APARTE QUE TENIA LA DUDA MUY PERSONAL ACERCA DE ESA FRACCION V DEL ART 110 SE REFIERE A QUE CUALQUIER PERSONA QUE PRESTE UN SERVICIO PERSONAL SE PUEDE DAR DE ALTA EN ESTE ESQUEMA EN VEZ DE OPTAR POR ALGUN OTRO
 
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LCLETICIA
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06/Dic/12 17:15
Re: DUDA ASIMILADOS A SALARIOS O SERVICIOS PROFESIONALES

Buenos dias/tardes
LCLETICIA

el caso de lso asimilables depende mas bien de que trabajes directamente para una empresa y seas un subordinado de la misma esta figura la utilizan algunas empresas para cuando no quieren tener alguna relacion entre el imss-trabajador y patron.
en tu caso lo que lo ideal seria que te dieras de alta como actividad emp y profesional por lo que respecta a los servicios contables y tendrias que dar recibos de honorarios o escoger alguna actividad de asesoria empresarial o algo por el estilo para que lo que emitieras fueran facturas
lo que te aconsejo es que revises bien tu situacion y pienses en los posibles ingresos que vas a obtener o estas obteniendo y pongas los pro y los contras de cada regimen

espero te sirva de algo mi opinion y tomes una buena desicion
 
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JUSANDCONTAB
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07/Dic/12 17:05
Re: DUDA ASIMILADOS A SALARIOS O SERVICIOS PROFESIONALES

Hola, y perdon por la Intromisión. Yo sin dudar te recomendaría que le solicites a tus dos Clientes, y a los que tengas en el futuro, que te asimilen a salarios tus honorarios, y que te hagan la retención del I.S.R., SI TE ES POSIBLE JAMÁS PASES POR EL REGIMEN DE HONORARIOS, de verdad no sabes todo lo que te vas a evitar.

En efecto, El artículo 110 fracción V de la L.I.S.R. te permite precisamente optar por tributar en este Régimen de manera voluntaria, a TU VOLUNTAD, no a la de tus Clientes. Cabes perfectamente en la figura pues se trata de una prestación de servicios independientes.... de ninguna manera se ven como subordinados, por lo que queda claro que no eres trabajador(a).

Supongo que al ser tus clientes no se negaran a hacerlo así, de hecho ellos te van a preguntar como hacerlo; algunas empresas y personas se niegan a aceptar esta petición de los prestadores de servicio por 'miedo a lo desconocido' es decir, porque piensan que de esta manera las autoridades pensaran que eres trabajador(a)..... pero queda claro que no es así.

Si tributas en el capitulo II del Titulo IV serías sujeto del IETU (Honorarios convencionales), lo que significa en pocas palabaras que teminarás pagando el 17.5% de tus utilidades, monto que muy probablemente superaría lo que pagarías de I.S.R.; haz cuentas, haz una simulación de lo que pagarias entre ISR e IETU bajo esta figura y compara con lo que pagarías de ISR como asimilada.

No tendrías que cobrar ni pagar el IVA, lo que te evita compromisos fiscales, y hasta penales.

Además te evitarías la obligación de la DIOT, considerando que las multas por la no presentacion, por la presentacion extemporánea, por los errores, anda cercana a los $10,000.00 ¿para que arriesgarte?

Además, no tendrías que estar sufriendo con tus Comprobantes Fiscales, sean del tipo que sean, NO TENDRIAS QUE LLEVAR CONTABILIDAD, no tendrías que presentar declaraciones mensuales de nada (ISR, IETU, IVA, DIOT,), ni la anual del IETU..... Solo tendrías que presentar tu anual de ISR , lo que significa dormir tranquilo, no tener cargas administrativas, no requerimientos, no multas, no manches....... ¿que más qiueres?

Desventajas: No puedes deducir gastos, pero analizalo, quiza las deducciones que puedas realizar sean muy minimas que ni valga la pena meterlas por todo el problema que significa.
Tienes que guardar dinero para la anual porque seguro te saldrá un saldo a cargo, para compensar la diferenia entre lo retenido por cada retenedor y lo que realmente debias pagar acumulando tus ingresos.

Ya cuando tengas muchos clientes le pides a alguien que se asocie contigo y forman una S.C., y te mantienes recibiendo tus ingresos por asimilados, y las deducciones las aplica la S.C.....

Es el punto de Vista de este simple peaton de la calle ;)

Editado: Diciembre 07, 2012 17:17:37
 
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ESTRATEGA09
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08/Dic/12 09:58
Re: DUDA ASIMILADOS A SALARIOS O SERVICIOS PROFESIONALES

Te recomiendo AMPLIAMENTE, si tus ingresos mensuales son inferiores a 20,000 mensuales , tributes en el régimen de Asimilados a Salarios, te evitas el IETU, te evitas presentar mensualmente pgos provisiionales, etc, ya que si tus ingresos son menores a 20,000 de seguro, el 100% lo dedicas a gastos personales, y no a inversiones que pudieran generarte deducciones autorizadas e iva acreditable
 
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bandido07
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17/Ene/13 17:34
Re: DUDA ASIMILADOS A SALARIOS O SERVICIOS PROFESIONALES

MUCHAS GRACIAS A TODOS POR SUS RESPUESTAS ME SIRVIERON DE MUCHO :)
 
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LCLETICIA
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17/Ene/13 18:48
Re: DUDA ASIMILADOS A SALARIOS O SERVICIOS PROFESIONALES

Hola LCLETICIA:

Dios mío pero cuanta respuesta descabellada no puedo creer que lo estoy leyendo en este foro salvo por el compañero JUSANDCONTAB, empezare por emitirle mi opinion:

1.- Si usted pretende montar un despacho contable y usted se ostenta un Lcp debe saber que por la prestacion de un SERVICIO PROFESIONAL INDEPENDIENTE esta obligada a emitir un comprobante fiscal.
2.-Solo si la confianza lo amerita y no pretende vivir de esto entonces veo viable que se de de alta a asimilados atravez de sus clientes solo en caso que sean estos 2 no concibo que usted le pida a cada cliente oiga fijese que mis honorarios van a hacer mediante de asimilados a salarios no se ve profesional.

Que tenga buena noche.
 
La verdad de la vida son las relaciones con las personas lo que da valor y sentido a la vida.......
 
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karinacastro
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17/Ene/13 19:26
Re: DUDA ASIMILADOS A SALARIOS O SERVICIOS PROFESIONALES

bueno, bueno

lety

claro que usted puede estar como asimilado,mañana le diré el porque.

nos leemos mañana
 
C.P Gumaro Martinez Discípulo del Master C.P Hugo Ocejo en www.elfiscal.net
 
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Guarumo
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18/Ene/13 01:45
Re: DUDA ASIMILADOS A SALARIOS O SERVICIOS PROFESIONALES

Estoy totalmente de acuerdo con karinacastro!!!!

Especialmente tratándose de un Contador que pretende dar un servicio realmente PROFESIONAL

No es sólo buscar lo cómodo, sino también lo conveniente y correcto con buena planeación y no simulaciones.

Además, si todos los posibles clientes tomaran esa opción ¡nos quedaríamos sin chamba en ese rubro!
 
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Lmpsc
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