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30/Oct/12 12:29
Re: Factura con vigencia 2011 se pagará hasta 2012

Hola.

Artículo 125. Las deducciones autorizadas en esta Sección, además de cumplir con los requisitos establecidos en otras disposiciones fiscales, deberán reunir los siguientes:
I. Que hayan sido efectivamente erogadas en el ejercicio de que se trate. Se consideran efectivamente erogadas cuando el pago haya sido realizado en efectivo, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, en servicios o en otros bienes que no sean títulos de crédito. Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración. Igualmente, se consideran efectivamente erogadas cuando el contribuyente entregue títulos de crédito suscritos por una persona distinta. También se entiende que es efectivamente erogado cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones.
II...


ngm: Desde mi particular punto de vista para el caso en cuestión, para que un pago de un gasto o compra sea deducible, sí se requiere que éste esté pagado o efectivamente erogado, y dispone que éste sea realizado “en el ejercicio de que se trate”.


Coincido completamente con tu comentario compañero y lo respeto, sin embargo creo que la disposición transcrita no menciona que la deducción deba corresponder al 'total' de la operación. Es decir, si la operación es por $ 750,000 y solo pagaste $500,000, esta última cantidad es la que podrás hacer deducible 'en el ejercicio en el que efectivamente lleves a cabo la erogación', para evitar que trates de deducir el resto ($ 250,000) sin haberlo pagado.

Es mi paricular punto de vista.

Saludos.
 
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vag
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30/Oct/12 12:31
Re: Factura con vigencia 2011 se pagará hasta 2012

hola buen dia colegas del foro

Una opinion, porque no le haces una transferencia interbancaria con su cuenta clabe y obtienes el comprobante fiscal por medio del estado de cuenta, claro anotando el RFC y desglosando los impuestos correspondientes.

y dejemos los comprobantes si estan vencidos o no.


Saludos, espero sirva de algo mi comentario
 
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arojasfe
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30/Oct/12 13:51
Re: Factura con vigencia 2011 se pagará hasta 2012

la pregunta principal que nos debemos hacer es:

¿la facutra, que cuando se emitió si estaba viengente, pero cuando se pagó ya no tenía vigencia, es deducible?

El sat, en sus criterios, no ha sacado nada referente a estos casos, para dar certeza o no al movimiento que el forista desea hacer.
Yo sugiero, para evitar posibles contigencias con el SAT, cancele esas facturas y el cliente emita nuevas con CBB
 
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bandido07
Capitán Primero

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30/Oct/12 18:27
Re: Factura con vigencia 2011 se pagará hasta 2012

Estimados foristas: En mi particular punto de vista, no debemos hacer nada que no se ajuste a la realidad, me explico, realmente la mercancia se vendio en 2011, por lo que las facturas estan vigentes al momento de su expedicion, por lo que no veo conveniente la reexpedicion de facturas, que daria 'hechos' que no se ajustan a la realidad, ya que esta mercancia NO se vendio en 2012 y coincido con otro compañero en lo referente de la deduccion, que debe de hacerse deducible la parte que paga efectivamente en cada ejercicio.

Saludos......
 
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jorda86
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31/Oct/12 23:54
Re: Factura con vigencia 2011 se pagará hasta 2012

Buenas noches Vag,

Así es.

Yo también estoy de acuerdo con lo que comentas.

Con esto:

Es decir, si la operación es por $ 750,000 y solo pagaste $500,000, esta última cantidad es la que podrás hacer deducible 'en el ejercicio en el que efectivamente lleves a cabo la erogación', para evitar que trates de deducir el resto ($ 250,000) sin haberlo pagado.


Pero mis comentarios son respecto a las que no se han pagado.

LCPako, dijo:

1. Cancelar las facturas que quedaron pedientes de pago,..



Saludos
 
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo
 
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ngm
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04/Nov/12 17:00
Re: Factura con vigencia 2011 se pagará hasta 2012

Que tal compañeros, antes de continuar con el tema quiero agradecer a todos por sus comentarios y pedir una disculpa por el tiempo que he estado ausente.

Dados los comentarios vertidos en este tópico, observo que existe una problemática latente como siempre en los asuntos fiscales: Que las leyes deben ajustarse a la realidad y no la realidad a las leyes. Sin embargo el motivo de la consulta es básicamente la misma en todos los casos, buscar que las cosas se hagan de la mejor manera posible, con apego a las leyes y generando la mayor certidumbre a los contribuyentes y a la autoridad de cualquier operación que afecte financieramente a una entidad.

Considero que los compañeros que hacen mención respecto a que los documentos han sido emitidos con todas las de la ley y que por ello no debería de haber problema están en lo correcto, sin embargo ustedes saben también que nuestra honorable autoridad es capaz de buscar cualquier pretexto para rechazarnos deducciones con lo cual sería necesário iniciar un proceso para defender nuestro punto de vista y con ello los costos propios del mismo.

Respecto al comentario relativo a la legítima pertenencia de las mercancías, creo que no habrá ningún problema en ese aspecto ya que el inventario de esta empresa está en constante rotación. Ambos contribuyentes pertenecen al régimen intermedio por lo cual no están obligados a llevar un control de inventarios lo cual lo hace un poco más facil.

En lo relativo al art 125 fracc I y el 159 del RLISR considero que es aplicable meramente a los pagos con cheque por lo cual si se hace el pago con transferencia como menciona el compañero arojasfe no debería haber ningún problema.

Derivado de lo expuesto anteriormente mi sugerencia al cliente será:

1. Cancelar las facturas de 2011 y utilizar facturas con CBB con fecha de emisión 2012 ya que, a pesar de estar presentando información no apegada a la realidad, creo que es menos riesgoso que la autoridad vaya a observar este detalle (dado que no contarían con los elementos para desacreditar que la venta se haya realizado durante 2012).

2. El pago de dichas facturas sea efectuado vía trasnferencia desgolzando los impuestos correspondientes para poder utilizar también los estados de cuenta como comprobante de las operaciones.

Estas dos consideraciones con la finalidad de no darle pauta a la autoridad para generar molestias innecesárias.

Agradezco a todos los compañeros por su valiosa colaboración y comentarios recibidos. Un placer el conocer los distitnos puntos de vista de cada uno de ustedes.
 
Si usted quiere ver reir a Dios, cuéntele sus planes...
 
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LCPako
Sargento Segundo

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