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22/Sep/12 17:57
Re: eventuales del campo o permanentes ?

Hola lorito

Por aca en mi tierra (Allende NL; pintoresco y actualmente complicado pueblo),
Lo que se hace, es contratar, trabajadores, contrato por el periodo de la pizca, con sueldo fijo,
Se da de alta en el IMSS y de baja al termino del contrato.
Y se les liquida conforme a la ley.

En caso de necesitarse mas tiempo, se hacen nuevos contratos.

Ojala te sirva mi comentario.
Que en realidad, no tengo tata experiencia como vcaspe, pepesoto, o EHHS
Que ya te dieron muy buena orientacion
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
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ALLENDE
Teniente Coronel

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22/Sep/12 23:34
Re: eventuales del campo o permanentes ?

Hola lorito;

Adjunto la fracción XIX del artículo 5A de la LSS.

XIX. Trabajador eventual del campo: persona física que es contratada para labores de siembra, deshije, cosecha, recolección, preparación de productos para su primera enajenación y otras de análoga naturaleza agrícola, ganadera, forestal o mixta, a cielo abierto o en invernadero.

Puede ser contratada por uno o más patrones durante un año, por períodos que en ningún
caso podrán ser superiores a veintisiete semanas por cada patrón.

En caso de rebasar dicho período por patrón será considerado trabajador permanente. Para calcular las semanas laboradas y determinar la forma de cotización se estará a lo previsto en la ley y en el reglamento respectivo.

Sugiero analice el Decreto que menciona el Lic. Pepesoto, por cierto su vigencia concluye el 31 de diciembre de 2012

Saludos

Editado: Septiembre 22, 2012 23:35:19
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Teniente Coronel

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25/Sep/12 13:34
Re: eventuales del campo o permanentes ?

Paso el link del dicho decreto http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=2103115&fecha=23/12/2005

En la parte transitorios, dice que tiene una vigencia 18 meses, no mas fue de 1 año y medio, mas desconozco si el H. Consejo Tecnico haya publicado reglas generales con respeto a lo anterior.

En lo que comenta el Lic. Pepe Soto estoy de acuerdo.

Ando algo empolvado con respecto a la gente de campo, tenia entendido que la gente del campo, no eran sujetos de aseguramientos, salvo que usaran maquinaria (tractor., camion, ensiladora, traxcavo, etc) estas si estaban sujetas por el Riesgo de Trabajo que con lleva. La otra era porque donde radican no se cuenta con las UMF cercana a su domicilio, obviamente donde hubiera una UMF cercana a su domicilio se iban incorporando a ser sujetos obligados y la otra a lo que al efecto expida el Ejecutivo Federal. (ni el consejo Tecnico tenie esa facultad todavia, tienen las manitas amarradas jejejeje).

Leyendo el articulo 5-A fracciòn XIX que hacen mención nuestro compañero MEM, estan obligados en parte, pero como se la complican mucho, no creen, dijo esto por lo que hacen mencion de EVENTUAL y PERMANTE a final de cuentas estan obligados a que se den de alta en el IMSS.

Saludos.
 
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jleeglz
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