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01/Sep/12 16:48
Re: El IMSS SE NIEGA ACEPTAR ACUERDO 187/2003

Garcia buenas tardes, ud dice:

nos hemos apoyado en este acuerdo y si nos lo han respetado, para lo unico que no me lo querían respetar era para cuotas de RCV pero no me daban fundamento y al final si nos cancelaron la multa


¿Ud invoca el acuerdo para solicitar prórrogas o cancelar multas?

Son dos cosas distintas

Saludos
 
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vcaspe
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01/Oct/12 09:22
Re: El IMSS SE NIEGA ACEPTAR ACUERDO 187/2003

El acuerdo es para cancelar la multa, por su puesto que las cuotas se pagan con actualización y recargos, el mismo acuerdo lo menciona, pero en el IMSS no querían cancelar la multa por cuotas de RCV pero nuca dieron un fundamento del porqué, y al final despues de insistir y hablar con varias personas si la cancelaron.
 
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rgarciazx
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01/Oct/12 09:51
Re: El IMSS SE NIEGA ACEPTAR ACUERDO 187/2003

Que bueno que lo aclara porque este tema es en relación a solicitar una prórroga en base al acuerdo y no para solicitar la cancelación de la multa, dicho más preciso y con el debido respeto: su comentario estuvo fuera de lugar

Saludos
 
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vcaspe
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02/Oct/12 08:50
Re: El IMSS SE NIEGA ACEPTAR ACUERDO 187/2003

Aqui se trata de expresar nuestras opiniones y experiencias, si el topico es sobre el acuerdo 187/2003 no creo que estuvo tan fuera de lugar mi comentario, parece que el compañero vcaspe trabaja en el IMSS porque a ellos tampoco les gusta que se aplique este acuerdo, que si bien no es una prorroga propiamente, en terminos practicos se podría considerar como tal para una empresa que no cuenta con flujos en la fecha de vencimiento, ya que si bien pueden requerirte el pago y la multa, estas con la tranquilidad de que pagando dentro de los 30 días naturales solo es cuestión de acudir a la subdelegación con tu autodeterminación recibida en tiempo y la multa será cancelada.
 
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rgarciazx
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02/Oct/12 22:33
Re: El IMSS SE NIEGA ACEPTAR ACUERDO 187/2003

García, una vez más errando en su comentario

No suelo trabarme en esto pero como Ud es una excelente persona voy a hacerle tres precisiones, ni una más:

a) No trabajo en el IMSS

b) Si me gusta invocar la aplicación del 187/2003, no se imagina la cantidad de dinero que he conseguido condonar

c) Aquí no se trata de opinar por opinar, cada post tiene un título así como una clasificación dentro de la comunidad a cuya inscripción Ud aceptó sus términos dentro de los cuales señala que este servicio no debe utilizarse para introducir datos o información que ocasionen el error, la confusión, el malentendido o engaño (lo invito a revisarlo)

Hace día ud preguntaba el fundamento del período de pago de las cuotas RCV pues en la LSS no encontraba ninguna disposición que así lo señalase. Uno de los masters del foro respondió acertadamente y Ud quedó satisfecho

¿Que tal si le hubiesen dicho que buscara el fundamento enel CFF o su Reglamento? Seguramente lo seguiría buscando

¿Que bueno que existe gente honesta verdad? El que lo orientó hizo un excelente trabajo dándole una adecuada orientación y Ud en un santiamén resolvió su duda

¿Se trata de opinar por opinar? Lo invito a la reflexión, vuelva a leer la pregunta y su respuesta, a lo mejor no se ha percatado de lo que puede inducir

Cada persona que acude acá con una inquietud lo hace con la esperanza de una buena respuesta pero también con la confianza de que los que participamos en apoyarlo, lo hagamos de manera correcta y precisa

No es malo que Ud participe, nunca será así, al contrario, siempre será muy bueno nutrir con la participación de todos un buen consejo, pero que oriente no que desoriente; que encamine no que confunda

Sr, gánese el respeto y adhesión de toda esta gran comunidad, lo invito a ello

Buenas noches
 
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vcaspe
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03/Oct/12 15:06
Re: El IMSS SE NIEGA ACEPTAR ACUERDO 187/2003

Le agradezco Vcaspe por su respuesta y ya para terminar al menos de mi parte, le anexo la parte del acuerdo 187/2003 del IMSS que hace mención la compañera y que nosotros aplicamos en la empresa, no será una prorroga propiamente, pero si es un periodo de 30 dias de gracia en el cual si te requieren y te multan, la multa no procede, pues pongamosle el termino que queramos pero mi jefe estará tranquilo ( y creo que también el jefe de la iniciadora del topico que por cierto no volvio).

[i]De la misma forma no se cobrará multa, si el patrón, en los términos de los Artículos 39 de la LEY y 113 del REGLAMENTO, presenta al Instituto en tiempo y forma la Cédula de Determinación de las cuotas obrero patronales legalmente a su cargo sin pago y entera su importe incluyendo su actualización y recargos moratorios dentro de los treinta días naturales contados a partir de la fecha de presentación de dicha cédula. [/i]

Saludos y buen día
 
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rgarciazx
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04/Oct/12 15:28
Re: El IMSS SE NIEGA ACEPTAR ACUERDO 187/2003

Mi estimadisimos compañero Garcia, su error radica en que no reconoce que NO sabe leer.
Me disculpa, pero lo que acaba de remarcar, si procede, pero no lo comprende, porque leer no es una actividad sencilla. De ahi se deriva el tener que discernir con atingencia, de manera analitica, con un buen sentido de la razon.

Lo que se señala es que se realice un pago en TIEMPO Y FORMA, el mismo jamas se realizaria con prorroga de hasta 30 dias. Usted tergiversa lo que se menciona en ese documento. Y ademas debe de notar que el parrafo de los sosodichos 30 dias de gracia, esta en un parrafo a parte del que Usted remarca. Por lo que debe comprenderse a si en simple vista que no debe mezclarar los comentarios de analisis, ni no existiera algo que se lo indique.

Pero, bueno siga preguntando por otros lados, porque ya somos 2 en contra de su criterio. Y por mi parte no laboro en el IMSS y que Dios me libre, pero no estamos muy desesperados.

Mis mejores deseos y no se moleste simplemente son apreciaciones
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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05/Oct/12 18:03
Re: El IMSS SE NIEGA ACEPTAR ACUERDO 187/2003

Hijole mi estimadisimo Enrique creo que el que no sabe leer es usted,pero aqui le anexo nuevemente la partecita que nos interesa:

presenta al Instituto en tiempo y forma la Cédula de Determinación de las cuotas obrero patronales legalmente a su cargo sin pago

En otras palabras presenta tu determinacion, pero no me pagues y pagame dentro de los 30 días siguientes y no te multo, y tan es así que ya lo hemos hecho de esa forma en varias ocasiones en la empresa...solo trato de informarle a la compañera de algo real, pero en fin, que tenga buen fin de semana, y si no comprendió el parrafito le invito a que lo lea nuevamente

Saludos
 
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rgarciazx
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06/Oct/12 17:00
Re: El IMSS SE NIEGA ACEPTAR ACUERDO 187/2003

Companero no sabe lo que quiere decir, Acuerdo.

Como ese acuerdo lo emite la autoridad de manera unilateral, lo pudiera cambiar por otro acuerdo o desparecerlo. No es ley.

Simplemente es un criterio para que se apeguen si lo desean los funcionarios. Obviamente, de apegarse no sufririan los contribuyentes. Pero, si no se apegan, a los funcionarios no les pasaria algo.

Pues, si el contribuyente esta fuera de plazo y es requerido, estarian actuando conforme a la ley.

Usted no conoce, el significado del termino acuerdo y desde ahi, lo que le preceda, seria desatender a un buen ejercicio de lectura.

No existen obligatoriedades por la aplicacion de acuerdos. Si desea que estas obligatoriedades sean ejercidas, debemos siempre conocer la ley y acatar los hechos y actuaciones que se solicitan para asi, lograr que seamos asistidos conforme a derecho a nuestras peticiones.
 
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enrique9727
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06/Oct/12 17:13
Re: El IMSS SE NIEGA ACEPTAR ACUERDO 187/2003

Para que quede resumido. El acuerdo el que sea, es un criterio tan valido, como el criterio de cualquiera de nosotros. No importa si el criterio tuviera incidencias faltos de verdad. La diferencia es que se manifiesta por escrito, asi de simple.
 
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enrique9727
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