Tengo un planteamiento sobre la DIM, resulta que el SAT determino que tengo unas diferencias de pagos provisionales del 2009 contra la DIM presentada.
y en efecto es correcto porque al presentar algunas complementarias no se realizo la complementaria de la DIM.
ahora la duda es puedo presentar dicha complementaria de DIM 2009 actualmente para corregir esta observación, a pesar de que la empresa ya fue dictaminada, ademas es correcto o que procederia en estos casos
En la DIM se debe de reflejar la información correcta de la entidad, por lo que de existir diferencias debes de presentar una complementaria al efecto.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale