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08/Jun/12 12:51
Re: codigo de barras bidimensional ... cancelado

En lo personal si conocìa la aplicacion, sin embargo no veo la procedencia, puesto usando medios propios tranquilamente se solventa cualquier yerro.


saludos
 
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08/Jun/12 13:55
Re: codigo de barras bidimensional ... cancelado

Interesante opcion pero y el fundamento legal?

como dice hugo, si yo llevo mi control por medios propios, para que manifestarle al sat dicha cancelacion ( como antes con las de imprenta solo cancelabas y listo, solo tenias que tener la original y sus copias respectivas de la factura).

Insiste es buena opcion, pero se imaginan llevarlo a la practica entrar para cancelar 'x' cantidad de facturas, mmm mas carga administrativa.
 
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08/Jun/12 16:11
Re: codigo de barras bidimensional ... cancelado

hola buen dia


'1.- Si mando a imprimir mis 200 facturas a una imprenta, y por X razon debo de cancelar una factura, debo de notificar a SHCP la cancelacion de esa factura?¿ o la cancelacion de ese folio?¿'
NO.. POR SER UN COMPROBANTE CBB, TAN SOLO CON PONERLE UN SELLO DE CANCELADO BASTA.

'2.- Si en lugar de mandar imprimir mis facturas, las imprimo yo con algun formato de internet, no deberia de cancelar ninguna factura, pues si me equivoco en el llenado de la misma, lo unico que hago es corregirla e imprimir la factura correcta, en este caso no debo de tener facturas canceladas?¿'
NO, POR QUE USAS MEDIOS PROPIOS TALES COMO EL EXCEL POWER POINT. ETC. PARA CORREGIR EL ERROR.. Y VUELVES A REEXPEDIR EL DOCUMENTO TAL CUAL ES Y COMO DEBE SER.

EN CUANTO A LA OPCION DEL COMPAÑERO BANDIDO, ES MAS CARGA ADMINISTRATIVA...

SALUDOS
 
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09/Jun/12 11:37
Re: codigo de barras bidimensional ... cancelado

efectivamente, es mas carga admnistrativa, pero desgraciadamente, quien decide cancelar x factura por razón x es el contribuyente, si por nosotros fuéramos, solo la corregimos, pero para dar mayor seguridad jurídica lo correcto sería cancelar el folio, yo, en lo personal, decidí cancelarlas en internet hasta el final del año, porque sí es mucha lata estar ingresando al sat cancealar día por día,, y con el riesgo de por error cancelar toda la serie, en PF pudiera no haber tanta repercursión no cancelarla en el momento, pero en PM Sí existe repercusión (que el ingreso quede acumulable, no bastará con el sello de 'cancelado')
 
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09/Jun/12 12:46
Re: codigo de barras bidimensional ... cancelado

efectivamente, es mas carga admnistrativa, pero desgraciadamente, quien decide cancelar x factura por razón x es el contribuyente, si por nosotros fuéramos, solo la corregimos, pero para dar mayor seguridad jurídica lo correcto sería cancelar el folio, yo, en lo personal, decidí cancelarlas en internet hasta el final del año, porque sí es mucha lata estar ingresando al sat cancealar día por día,, y con el riesgo de por error cancelar toda la serie, en PF pudiera no haber tanta repercursión no cancelarla en el momento, pero en PM Sí existe repercusión (que el ingreso quede acumulable, no bastará con el sello de 'cancelado')



Interesante lo que comentas...aunque

1-. Si es mas carga administrativa.......

2-. quien decide cancelar la factura es POR ASESORIA NUESTRA COMO PROFESIONALES, no es unica decision por parte del contribuyente.

3-. No existe fundamento juridico respecto a cancelar folios de CBB

4-. simplemente se corrige y punto, no hay que hacer tanta alaraca...


bueno, es mi humilde opinion..

saludos

Editado: Junio 09, 2012 13:14:32
 
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09/Jun/12 13:36
Re: codigo de barras bidimensional ... cancelado

sí está en regla, concretamente en el la ficha 134/cff del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012

134/CFF Cancelación de la aprobación de folios para la expedición de comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad
¿Quiénes lo presentan?
Los contribuyentes que así lo requieran respecto de los folios que les hayan sido previamente asignados.
¿Dónde se presenta?
A través de la página de Internet del SAT.
¿Qué documentos se obtienen?
Acuse de recibo correspondiente.
¿Cuándo se presenta?
Cuando el contribuyente así lo requiera.
Requisitos:
I. Ingresar a través de la página de Internet del SAT al SICOFI, proporcionando su clave en el RFC, así como la CIECF o FIEL vigente.
II. Ingresar el número de aprobación generado por el SAT que se cancelará, a través de la opción correspondiente.
III. Firmar la solicitud de cancelación de aprobación de folios con la FIEL vigente.
Nota: No se autorizará la cancelación de la aprobación de folios asignados al contribuyente, cuando ésta previamente hubiere sido cancelada, o bien, cuando los folios no hubiesen sido asignados al solicitante de la cancelación.
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 29-B fracción I CFF, Reglas I.2.8.1.1.y II.2.6.1.1. RMF


LIGA DEL ANEXO A

ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_ftp/publicaciones/CFDSectores/RM11_A1AxSP.pdf
 
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09/Jun/12 14:03
Re: codigo de barras bidimensional ... cancelado

Ojo, no es mandato.....dice bien.....


¿Cuándo se presenta?
Cuando el contribuyente así lo requiera.

vamos, no tiene caracter IMPERATIVO.......

saludines
 
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11/Jun/12 10:21
Re: codigo de barras bidimensional ... cancelado

ASI ES HUGO, NO ES OBLIGACION CANCELAR LOS FOLIOS EN EL PORTAL DEL SAT.

YA QUE ES UNA FICHA TECNICA, SOLO DESCRIBE EL PROCESO A SEGUIR.

Y LO DEJAN A CRITERIO DEL CONTRIBUYENTE HACERLO O NO, Y TAMBIEN EN QUE MOMENTO HACERLO.

SALUDOS

PD. COMO MEDIDA DE SEGURIDAD ME PARECE PERFECTO, PUES LOS CBB CARECEN DE TODO TIPO DE SEGURIDAD, SON FACILES DE REPRODUCIR, DUPLICAR, ETC.
 
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12/Jun/12 10:56
Re: codigo de barras bidimensional ... cancelado

Muchas gracias por sus comentarios

Saludos.
 
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