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05/Abr/12 19:16
Re: ¿COMPENSACION O ACREDITAMIENTO DE ISR A FAVOR VS IETU?

Hola jibe:

Volviendo al tema del ejemplo de Fiscalia, en realidad no está dosminuyendo las Retenciones, sino el ISR Propio (Calculado).

Voy, con el permiso de Fiscalia copiar los 2 últimos procedimientos:

DETERMINACIÓN DEL ISR PROPIO (CALCULADO) ACREDITABLE

Total de ingresos para ISR 588,150
Ingresos por salarios 450,000
Ingresos para ISR excepto salarios 138,150
Total de ingresos para ISR 588,150
Proporción de ISR acreditable 23.49%
ISR propio del ejercicio 128,324.30
ISR propio acreditable 30,141.99




DETERMINACIÓN DEL IETU A PAGAR

IETU del ejercicio 27,978
Retenciones de ISR 21,067
ISR propio del ejercicio 9,075

IETU a cargo -
Pagos provisionales de IETU 3,267
Impuesto a favor (3,267.00)


SI SUMAMOS 21,067 MAS 9,075 ES IGUAL = 30,142 QUE ES EL ISR PROPIO CALCULADO.

Tan es así que menciona antes del Cálculo del IETU,una aclaración sobre como se forma el ISR Propio:

Para el llenado del DeclaraSAT, la autoridad tiene el criterio de desglosar en el 'ISR propio del ejercicio', la parte de ISR retenido y, el resto del ISR propio del ejercicio sería la diferencia aritmética entre el total del ISR pagado en el ejercicio y el ISR retenido
.


No se si haya quedado mas claro con lo anterior


Saludos



Editado: Abril 05, 2012 19:18:08
 
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CHAVALON
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05/Abr/12 22:09
Re: ¿COMPENSACION O ACREDITAMIENTO DE ISR A FAVOR VS IETU?

Hola Chavalón, buenas noches:


Pues sí amigo, sí quedó todo claro. Espero que para Jibe, también.

Creo que no me preguntaste a mí, 'verda'? (hasta la pregunta es necia!, pero bueno:smile:)

Ud disculpe por favor, pero es que tenía incertidumbre respecto a lo que mencionaba el compañero respecto al criterio de Fiscalia.

O sea, no lo podía creer!


Saludos y...¡Felices Pascuas amigo!
 
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ngm
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05/Abr/12 22:32
Re: ¿COMPENSACION O ACREDITAMIENTO DE ISR A FAVOR VS IETU?

Pérate tantito...

Yo dije:

''...¡Felices Pascuas amigo! ''


mmm, lo anterior mi estimadísimo Chavalón para el próximo domingo y...que estos días sean de reflexión, perdón, reconciliación con los demás y con nosotros mismos, etc.


Saludos nuevamente.


P.D.

Jibe, Ud disculpe la intromisión, por favor.
 
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ngm
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06/Abr/12 11:26
Re: ¿COMPENSACION O ACREDITAMIENTO DE ISR A FAVOR VS IETU?

Buen día mi apreciable ngm, siempre es un enorme gusto y satisfacción leer tus comentarios.

Te deseo también que estos días sirvan para reflexionar, repasar nuestros errores y tratar de corregirlos, recapacitar a fin de que valgan como un estímulo para proseguir con mas ahínco nuestro diario trabajo.

¡¡ Felices Pascuas !!!, son mis mas sinceros deseos
 
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CHAVALON
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06/Abr/12 16:12
Re: ¿COMPENSACION O ACREDITAMIENTO DE ISR A FAVOR VS IETU?

Que es ISR propio.

En pagos provisionales el Valor Primario que se cubre en pagos provisionales que luego quizas se le reste compensaciones, acreditamientos. Asi que no es el neto cubierto en efectivo. Es el impuesto causado.

En las declaraciones anual. El ISR propio, es aquel que se señale como el efectivamente CAUSADO, que despues se cubra con acreditamientos, con retenciones y hasta sobre dinero. Es el valor primario. El resto del valor ya no es ISR propio, que pudera acreitarse vs el IETU.

El saldo a favor ya no es ISR propio, y si es posible aprovecharse vs el IETU, pero no en forma de acreditamiento, ya no es ISR propio, es un saldo a favor (en la anual) en complementarias de pagos provisionales, se le denomina pago de lo indebido, que en estos casos solo mediante compensacion pudieran aplicarse vs el IETU.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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06/Abr/12 16:18
Re: ¿COMPENSACION O ACREDITAMIENTO DE ISR A FAVOR VS IETU?

Hola Enrique, que opinas del ejemplo de Fiscalia? El ejemplo es un cálculo anual y no mensual.
Saludos.
 
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jibe
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07/Abr/12 01:31
Re: ¿COMPENSACION O ACREDITAMIENTO DE ISR A FAVOR VS IETU?

El concepto de ISR propio efectivamente pagado, no cambia en pagos provisionales o en la anual. Es el mismo. Viene siendo el valor primario que luego se iria pagando en diversas maneras. No solamente es el neto o el ultimo valor, el cubierto en efectivo o por el banco.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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07/Abr/12 10:45
Re: ¿COMPENSACION O ACREDITAMIENTO DE ISR A FAVOR VS IETU?

ME TOCO UN CASO EXACTAMENTE IGUAL Y FUI A LA ADMON. LOCAL PARA QUE ME INDICARAN EL PROCEDIMIENTO CORRECTO, LO CUAL ME RESPONDIERON QUE ERA LA COMPENSACION.

SALUDOS COLEGAS...
 
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ESOSA
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10/Abr/12 07:14
Re: ¿COMPENSACION O ACREDITAMIENTO DE ISR A FAVOR VS IETU?

Buen dia,
Saliendose un poquito del tema aunque no tanto, me pregunto porque el SAT al utilizar la Plataforma de Declaraciones y Pagos puede uno compensar sin necesidad de presentar el Aviso de Compensacion, siempre y cuando no se tenga la obligacion de Dictaminar, en cambio en el Declarasat, donde tambien se desglosan las cantidades, los cálculos y se pude ver el origen del saldo a favor de ISR, tenemos que presentar dicho Aviso de Compensacion. Como que no aplica el mismo criterio, aunque ciertamente cuando ya estemos todos obligados a utilizar esa plataforma de DyP ya vamos a poder compensar sin aviso, pero Insisto ¿porqué no el mismo criterio?.
Por otro lado no se me hace lógico que mes con mes acreditemos y en la Anual tengamos que compensar y realizar ese trámite tan engorroso. Yo también soy de la opinión que se debería poder acreditar en lugar de compensar, o bien habilitar en el declarasat la opcion de compensar en ese momento como en la plataforma de D y P. y fin del procedimiento.
Además lo peor del caso es que hay Entidades del Gobierno que es todo un Viacrucis obtener las constancias de retención por honorarios, incluso me ha tocado que ni las entregan. y sólo contamos con determinado tiempo para presentar el Aviso de Compensación.
Bueno esa es mi opinión personal, Saludos!
 
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FISCALI
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