13/Feb/12 13:32
Buen día a lo mejor sea un poco torpe esta duda, pero ojalá me pidieran orientar
Hay un contribuyente que tuvo ingresos en el 2011 por 100,000
Estas se dividen en 3 contribuyentes uno deposito 20,000 otro 40,000 y otro por 40,000
Hay obligación de clientes y proveedores?
Muy amables
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Fernando_NL
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13/Feb/12 14:32
Re: Clientes y proveedores
La información de clientes y proveedores que deberá presentarse, será aquélla cuyo monto anual sea igual o superior a $ 50,000.00
Por lo tanto, por parte de tus clientes no hay que presentar la relación, la obligación de los proveedores es otra historia.
Esta liga te puede ayudar:
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/orientacion_oe/declaracion_informativa/69_20123.html
Saludos!
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RAC87
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13/Feb/12 14:41
Re: Clientes y proveedores
Ok muy bien... pero aquí la duda básicamente es que si se presenta aquella que en conjunto es igual o superor a 50? O por cliente y proveedor en individual es igual o mayor a 50?
Que amable y gracias
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Fernando_NL
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13/Feb/12 15:30
Re: Clientes y proveedores
El monto de $50,000 es individual (ya sea cliente o proveedor).
Si obtuviste ingresos de un mismo cliente por $50,000 o más, se debe de incluir en la informativa.
Saludos.
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RAC87
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13/Feb/12 15:58
Re: Clientes y proveedores
Numeral 86 LISR
VIII. Presentarán a más tardar el día 15 de febrero de cada año la información de las operaciones efectuadas en el año de calendario inmediato anterior con clientes y proveedores mediante la forma oficial que para tal fin expidan las autoridades fiscales. Para estos efectos, los contribuyentes no se encuentran obligados a proporcionar la información de clientes y proveedores con los que en el ejercicio de que se trate hubiesen realizado operaciones por montos inferiores a $50,000.00 ni cuando emitan sus comprobantes fiscales digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria
Es en forma conjunta sea cliente o proveedor mi estimado Fernando
saludos
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13/Feb/12 16:30
Re: Clientes y proveedores
Hugo buen dia, creo que no entendi
Operaciones
Cliente X 32,000
Cliente Y 41,000
Proveedor
Proveedor X 46,000
Proveedor Y 40,000
En ambos casos en lo individual tengo operaciones menores a 50,000... pero en conjunto mas de 50,000...
Se presenta declaracion de clientes y proveedores?
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Fernando_NL
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13/Feb/12 17:29
Re: Clientes y proveedores
Fernando
No entran así como lo expones.
En conjunto se refiere a todas las operaciones de un solo cliente/proveedor, no al conjunto de varios clientes y proveedores.
saludos
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CPhugoocejo
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13/Feb/12 18:12
Re: Clientes y proveedores
Usted pregunta si existe obligacion. Le contesto que si, se enumera en la LISR
Luego, pudiera existir diversas manera para cumplir con la obligacion, incluso declarar sin operaciones o en operaciones sin RFC de manera global, o de no declararse porque se apegaria a facilidades administrativas o esperarse a que se lo requiera la autoridad.
Pero, la pregunta que realizó fue la que conteste en el primer reglon de la presente. Lo demas es por otros asuntos distintos. No debe considerar como un NO a la obligacion, porque SI existe, que despues de esa primer pregunta hay otras por responderse, ya son otras situaciones que tendrian que ver con el cumplimiento de una obligacion que de manera
categorica ya se encuentra en la misma ley.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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13/Feb/12 18:49
Re: Clientes y proveedores
Y bien Fernando, se comprendió la situación/hecho de los movimientos que expusiste?
Y como dice mi maestro, ' Uno debe entender el espìritu verdadero de toda disposicion fiscal cuando hay ecos que desde un principio todo sabemos, sin embargo los hechos posteriores es lo que enlaza una línea con otra, si no se visualiza caeras en un vicio '
saludos
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CPhugoocejo
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13/Feb/12 19:23
Re: Clientes y proveedores
Pongamos un ejemplo 'drastico':
Esta la alta en el RFC de un contribuyente (no importa su regimen), no existe suspension. Sin embargo no hay 1 sola operacion todo el año. ¿Hay obligacion por dicha declaracion?
Por supuesto, que si. Jamas se indica en la ley, lo contrario, de que no se presente la declaracion. Dice que no se manifiesten operaciones superiores a $ 50,000. Lo cual, NO conlleva a NO presentar una declaracion. En definitiva, hay que presentarla.
¿Se ha observado la opcion que señala el software correspondiente a entregar esta declaracion, 'sin movimiento alguno'? Es decir, se presentaria la declaracion bajo dicha aseveracion. Y esta guisa es un cumplimiento de una obligacion establecida en la LISR. Pero, hay otras guisas mas, no es la unica. Habria que analizarse.
Seria muy absurdo o idiota pensar NO existe obligacion, y sin embargo, si esta en LISR de manera expresa. Ahora resulta que en ley se ponen obligaciones para no cumplirlas, o que se juega cuando se expide la ley. Las demas interpretaciones resultarian muy pobres, si el ley se ponen una obligacion para no cumplirse. La obligacion debe desarrollarse, el problema siempre sera COMO
La pregunta sale sobrando (¿estoy obligado?), es mas no tiene razon de preguntarse.
Lo trascedental seria preguntar ¿Como la habre de cumplir?
Saludos cordiales,
enrique9727
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enrique9727
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