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02/Feb/12 09:27
Re: REPECOS aviso de suspension de actividades

Hola buen día a todos.

El día 01 de febrero del 2012, presente el 'AVISO DE SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES ', el cual me aplicaron con fecha RETROACTIVA al 31 de octubre del 2011. Esto quiere decir que no estoy obligado a pagar el 6to.Bimestre 2011( noviembre y diciembre 2011 que se paga en enero del presente año 2012 y por consecuencia tampoco me veré obligado a pagar el 1er.Bimestre del 2012.

Se me hace un poco raro de la autoridad que me aplique fecha retroactiva a octubre de 2011, que opinan al respecto.. saludos y gracias por sus comentarios
 
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abraham
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02/Feb/12 12:56
Re: REPECOS aviso de suspension de actividades

hola buenas tardes

'presente el 'AVISO DE SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES ', el cual me aplicaron con fecha RETROACTIVA al 31 de octubre del 2011'

no te equivocarias al elegir el mes???


saludos
 
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GOrnelas
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02/Feb/12 15:38
Re: REPECOS aviso de suspension de actividades

Hola Abraham, buenas tardes:

mmm, rdelacruz te comentó que podías hacerlo con fecha 31 de Diciembre y te proporcionó el fundamento.

Si lo hiciste por el portal del contribuyente, no te limita en fechas, pero...eso no significa que todo esté bien...


Lo anterior, porque desde mi particular punto de vista, hay obligaciones que se deben cumplir al no presentar los movimientos correspondientes al RFC en tiempo y forma, según lo señalado por rdelacruz.

mmm
¿Al Estado no le tenías que pagar?

Si la respuesta es sí, creo no te salvarás del pago por el útlimo bimestre de 2011. Aún y cuando sea en ceros, creo que deberás de presentarlo, puesto que esa obligación ya se había 'devengado'.

Otra:
Es que sólo tenías hasta el 31 de Enero de 2011 para presentar tu aviso para 'salvarte' de pagarle al Estado el primer bim de 2012. Otra vez, según el fundamento proporcionado por rdelacruz.


Lo anterior, desde mi particular punto de vista.



Saludos y buena suerte.
 
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ngm
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02/Feb/12 16:42
Re: REPECOS aviso de suspension de actividades

Abraham

Buenas tardes, en relacion a si es correcto lo que la autoridad hizo, te comento mi particular punto de vista, la autoridad no te pondra limite en cuanto a la fecha de suspension, lo que va a pasar es que no va a surtir efectos desde esa fecha, con fundamento en lo siguiente:

Articulo 27 CFF, Penultimo parrafo.- La solicitud o los avisos a que se refiere el primer párrafo de este artículo que se presenten en forma extemporánea, surtirán sus efectos a partir de la fecha en que sean presentados.

Es decir como te pasaste del mes que marca el reglamento, tu aviso surte efectos a partir del 02 de febrero, por lo que te comento tendrias que pagar los bimestres de noviembre-diciembre y el de enero-febrero.

Saludos
 
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rdelacruz
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02/Feb/12 16:56
Re: REPECOS aviso de suspension de actividades

Estimado rdelacruz.

Es correcto, es exactamente lo que hiba hacer, sólo que deje este tramite a mi cliente, al cual solo le dije que tramitara su CIECF, para después yo pasar a darle tramite al 'AVISO DE SUSPENSION DE ACTIVIDADES ' en el portal del SAT. Pero mi cliente no solo volvio con la documentación de la CIECF, sino tambien llego y me entrego el 'AVISO DE SUSPENSION DE ACTIVIDADES' realizado por personal del SAT. la cual trae fecha de 31 octubre del 2012 la suspension y dicho tramite se realizo el 01 de febrero 2012.

Y para realizar los pagos del 6to.bim.2011 y el 1er.bimestre 2012, lo puedo realizar aun cuando esta en suspension de actividades ???
 
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abraham
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02/Feb/12 17:02
Re: REPECOS aviso de suspension de actividades

Abraham, si puedes realizar los pagos puesto que esa obligacion de la contribucion ya se causo. Tendra que presentar las declaraciones y pagos que hayan quedado pendientes de efectuar al dia 02 de febrero, que es cuando va a surtir efectos la suspension.

Saludos
 
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rdelacruz
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02/Feb/12 17:18
Re: REPECOS aviso de suspension de actividades

Muy agradecido rdelacruz. muchisimas gracias por su gran ayuda. saludos
 
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abraham
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02/Feb/12 17:19
Re: REPECOS aviso de suspension de actividades

De nada Abraham, suerte

Saludos
 
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rdelacruz
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