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30/Nov/11 20:07
Re: Modificación de salario fijo

Debes presentar la modificacion de salario fijo de los $ 250 que comentas porque es lo correcto. El error fue en el otro movimiento y ya te comentaron diferentes formas de enmendar el error.

Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
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juancarm
Teniente Coronel

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30/Nov/11 21:54
Re: Modificación de salario fijo

:neutral: Buenas noches.


RACERF.
Artículo 50. El Instituto recibirá los avisos de inscripción de los trabajadores que presenten los patrones o sus representantes, comprobando, en su caso, la veracidad de los datos, por los medios que estime pertinentes y de proceder, rectificará la información.
El patrón que solicite por escrito al Instituto la rectificación de datos proporcionados respecto de la fecha de ingreso al trabajo o del salario del trabajador, deberá comprobar fehacientemente la procedencia de su petición con la información y documentación que se le solicite.
La rectificación que proceda se sujetará a las reglas siguientes:
I. Si se refiere a la fecha de alta, reingreso o modificación de salario del trabajador, el Instituto procederá a realizar la rectificación respectiva previo pago, en su caso, por parte del patrón, de las prestaciones que se hubieran otorgado indebidamente al asegurado;
II. Si se trata de un salario inferior a uno superior, la rectificación surtirá efectos a partir de la fecha manifestada en el primer aviso, debiéndose cubrir las cuotas o, en su caso, los capitales constitutivos que procedan, y
III. Si se trata de un salario superior a uno inferior, la rectificación surtirá efectos desde la fecha de presentación de la solicitud.


Saluditos,
El Lic.

.


Editado: Noviembre 30, 2011 21:55:21
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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01/Dic/11 00:31
Re: Modificación de salario fijo

Suponiendo que sus efectos del aviso de modificacion se debieron exclusivamente por una partida extraordinaria de concepcion variable. Y que la modificacion del aviso lo opero en EXCLUSIVO informandose por un SALARIO FIJO. Y ahora debiera de hacerlo a la baja, porque debio haber informado un SALARIO MIXTO

Los efectos fiscales son los mismos y dudo que la autoridad perciba esta discrepancia de forma. En el fondo resultaria ser lo mismo.

Para que lo sancionen, primero la autoridad debe de tipificarle y detectarle la infraccion, algo medio dificil de determinar. Segundo en algunas tipicaciones, el contribuyente no le aplicarian por no existir aprovechamiento o demerito en el pago de contribuciones. Procederian, si acaso multas pequeñas administrativas.

Pero si desea quedar a salvo aun de estas remotas y minimas penalizaciones, deberan de realizarse dos escritos y nuevamente los avisos complementarios por los 2 ultimos movimientos de los 3 por los cuales se refirio en su ponencia.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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01/Dic/11 08:42
Re: Modificación de salario fijo

gracias a todos por sus aportaciones
 
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garcyasocp
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01/Dic/11 22:59
Re: Modificación de salario fijo

Bien,

Veo que mis preguntas no merecieron respuesta, allí le dejamos pues no sin antes una precisión:

Sr Soto, veo que lo fiscal no se le da mucho

El 50 de reglamento aborda una correción por un error en el salario manifestado en un aviso de inscripción. nunca en uno de modificación de salario. Para ello le recomiendo una repetida lectura del inicio del mismo, helo aquí:

Artículo 50. El Instituto recibirá los avisos de inscripción ...

Posterior a ello, en el segundo párrafo que Ud negrea, habla de la correción de algún error pero encuadrado siempre en el primer párrafo, el aviso de inscripción, vea:

El patrón que solicite por escrito al Instituto la rectificación de datos proporcionados respecto de la fecha de ingreso al trabajo o del salario del trabajador...

Y entonces ya enumera las opciones que Ud transcribió

¿Sabe porque menciona modificación de salario?
Porque el salario es uno de los datos que se proporcionan al momento de la inscripción, así como también lo es el de la fecha, los cuales son sujetos de error


Por si no queda claro hay que advertir que RACERFI en su Titulo II contiene varios capítulos entre los cuales se encuentran el III y IV y que se refieren a DE LA INSCRIPCION DE LOS TRABAJADORES y DE LAS MODIFICACIONES SALARIALES DE LOS TRABAJADORES respectivamente

En este escenario, el 50 está en CAPITULO III no en CAPITULO IV por lo tanto no aplica en este caso

Saludos

vcaspe
 
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vcaspe
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05/Dic/11 23:16
Re: Modificación de salario fijo

:neutral: Buenas noches. Acepto que mi perspectiva es distinta y que tal vez por eso he aprovechado la falta de aplicación por parte de los empleados del imss y con base en el 50-Racerf he podido aclarar/rectificar modificaciones de salario... Lo que me apena son sus formas, porque nunca ha sido agredido por parte de quien esto escribe... Pero como bien dice mi estimado suegro: '-Bah! No te preocupes... no pasa nada. Tómalo como de quien se trata'. Y es verdad, así lo tomaré de quien se trata.

El Lic.

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Editado: Diciembre 06, 2011 07:42:07
 
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pepesoto
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06/Dic/11 09:36
Re: Modificación de salario fijo

Vaya vaya,

Don Lic

Por única ocasión me referiré de manera directa a su persona, en lo subsiguiente voy a evitarlo

'... Lo que me apena son sus formas, porque nunca ha sido agredido por parte de quien esto escribe..'

¿Debo entender que yo lo agredí?

Allí están mis comentarios, tal cual, le pediría que me señale en que momento lo agredí.

¿Comprende ahora porque no edito mis comentarios? Aún y cuando he recibido sus insinuaciones respecto a mi supuesto afán de búsqueda de rangos

Eso si es una ofensa, sobre todo porque ni me conoce ni es verdad y ni necesito hacerlo. A las pruebas me remito

No obstante procuro hacer lo que acertadamente su señor suegro le aconseja: ignorarlos. Tal y como sucedió con las provocaciones que un forista - que por cierto agradezco haya sido puesto fuera de órbita - en muchas ocasiones me hizo

Si yo lo agredí de antemano mi disculpa no fué esa mi intención aunque le pediría me señale en que consistió mi agresión. De lo contrario todo quedará en un mal entendido

A lo mejor, en mi apurada manera de redactar mis respuestas puse algo indebido, nuevamente no fué mi intención lastimar ni agredir a nadie mucho menos a Ud que bien sabido es de muchos conoce su materia.

Aclarado, desde mí, lo anterior. Espero haya una desde Ud. Igualmente si no lo hace, allí quedará su dicho.

Un saludo

vcaspe
 
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vcaspe
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06/Dic/11 14:54
Re: Modificación de salario fijo

Mmmm. De manera estricta no seria agresión “seria” a los ojos de los demás. Bueno, mejor no señalo si o no. Se los dejo a su criterio bajo la siguiente guisa:

Digamos que si se menoscabó la autoestima personal, compañero vcaspe. Pero, esto no es el punto medular.

Imagínese Usted, que le señale (yo) alguna apreciación suya, que fuese muy personal (mía) ya no nos referimos a las ideas que Usted expele, sino más bien a las cualidades personalesde Usted. Pero las expectativas de Usted mismo, digamos que no confabulan con la apreciación expresada. Y luego le resulten ser algo de molestia y de contrariedad.

Así alguien lo observa (verdad o mentira, hipotéticamente yo) pero sería mi verdad personal y no lo puediera verlo de otra manera. En cambio Usted, no se encuentra a gusto ni convincente sobre esa apreciación imputada a su persona. ¿quién tiene la razón?

A mi parecer, no se trata de buscar la verdad, sino más bien, qué es lo éticamente loable, para no caer en especies de difamaciones, de daño moral, por el escozor de ciertas presunciones, que si pudieran hacer mella en el resto de las personas. Alguien afirma tal cosa de la otra. Es el punto.

Una persona afirma algo, pero tampoco consideraríamos como una persona erudita o docta y aunque lo fuera, son meramente presunciones.

Resulta ser muy irónico, precisamente cuando señalé, con respecto a no estar “desacreditando” a personas como los magistrados, que nos llevan por mucho en preparación y en experiencia, sin saber cómo es que formulan sus resoluciones y qué jijos nos concede la capacidad de calificar como realizan su trabajo.

Es cierto que uno pudiere tener el derecho de expresar algún comentario a título personal sobre lo que me parece de otra persona. Pero, en qué momento se vuelve como algo para considerarlo como opinión. La opinión genera hasta un punto escozor por presumirse verdadera por el resto de las personas. Y ese es el punto central de observación.

De ahí que mejor se realicen comentarios, simplemente a los comentarios. Que incluso, de tratase sobre asuntos, donde personas más doctas ya se pronuncian por alguna directriz, deberíamos predisponer o señalar que nuestros comentarios no son de la misma altura, para no causar problemas de apreciación, sino contamos con una experiencia y preparacion similar. Siguiendo o procurando una etica moral.

Ahora que si se trata de esta opinando de cualidades personales, sino se va expresar algo positivo de otrra persona. De lo negativo, no me consta o estaría en tela de duda, mejor evitar el comentario, por ética moral.

Si cuando se refutan comentarios o no se compagina, se causa escozor, que es algo ahora si ya demasiada piel delgadita en exceso. Lo prudente será mejor limitarnos a expresarnos sobre ideas, puntos de vistas y no a cualidades personales, si no tenemos la certeza genuina y se cause un menoscabo moral. La ideas no tienen sentido de propiedad van y vienen.

Por cierto, yo si seguiría ese Art 50 del RACERF, si le aplica y quizás tampoco sea muy bueno en el ámbito fiscal, pero no se requiere esa cualidad para aplicar la ley, simplemente debe de atenderse de conformidad a como Dios no da entender

Si es procedente o no. Pues bueno que la autoridad señale el procedimiento apropiado. Pero ese ordenamiento, si se pronuncia por un trámite complementario.
 
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enrique9727
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07/Dic/11 00:09
Re: Modificación de salario fijo

:neutral: Buenas noches.

Asunto olvidado.

A mis amigos foristas les pido disculpas porque me desvié del tema original. No volverá a ocurrir, porque no es, ni nunca ha sido mi estilo.

El Lic.

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