Foros


Inicio » Fiscal

Página: 2 3 4 5 6 7 8

Mensaje Autor

Arriba
29/Nov/11 11:13
Re: iva retenido al 100%

abraham:
revisa tu mensajero.
 
Perfil

Lumin Oso
Teniente

Mensajes: 353
Ingresó: Enero 22, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/Nov/11 15:36
Re: iva retenido al 100%

Gracias Lumin Oso, ya cheque mi MENSAJERO. Gracias y estamos en contaco. espero y podamos conversar
 
Perfil

abraham
Sargento Segundo

Mensajes: 53
Ingresó: Mayo 23, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/Dic/11 15:33
Re: iva retenido al 100%

Hola Abraham.

De nuevo retomando el tema.

Encontraste alguna alternativa?

Lo pregunto, porque no he encontrado nada.

Ni en LISR 110, ni en ninguna otra parte.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Dic/11 23:40
Re: iva retenido al 100%

Hola de nuevo Abraham.

Aunque se quiere encontrar una posible solucion,
En mi opinion
el 110 no da solucion; es mas probable que ayude un poco mas el 85-A
Por tratarse de cooperativas.


Pero solucion puede ser lo que comenta a_cano
Pero es una iniciativa;.

Ojala algun forista nos propusiera, alguna alternativa como la que propusiste al inicio del topico.


Sigue siendo un tema muy interesante.

Te envio un afectuoso saludo
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
13/Dic/11 19:40
Re: iva retenido al 100%

Abraham:

'...Tengo un cliente que esta tributando en el Regimen de Actividad Empresarial P.F. se dedica a la compra y venta de chatarra o desperdicios, como hacer para deducir las compras ya que nuestros vendedores son pepenadores y no estan registrados ante el RFC por lo tanto no expiden factura....'


Vabdo:

'...el 110 no da solucion..'


Hola, Vabdo...Buena Tarde!!

Coincido con su apreciación por lo siguiente:

Si bien es cierto que el pepenador está percibiendo un ingreso por una enajenación que está realizando (sin expedir factura porque no está registrado ante el RFC) y en la búsqueda de encontrar una posible solución para poder hacer deducible esta operación, invocamos el art. 110 de la LISR... Pues también es cierto, que dentro de dicho numeral, y a mi juicio específicamente la FVI de dicho ordenamiento, éste supuesto en mencíón encuadraría perfectamente como un 'asimilado a salario'... Esto dice dicha fracción:

ART. 110 LISR:

'... Para los efectos de este impuesto, se asimilan a estos ingresos los siguientes:
(...)
VI.
'Los ingresos que perciban las personas físicas de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales, por las actividades empresariales que realicen, cuando comuniquen por escrito a la persona que efectúe el pago que optan por pagar el impuesto en los términos de este Capítulo.

Por tanto, se puede observar que, de acuerdo a la redacción de dicha fracción, la LISR SI nos está dando una opción de poder asimilar a salarios los ingresos del pepenador y por tanto SI hacer deducible dicha transacción sin que éste emita un comprobante con requisitos fiscales....

Pero, ¿Qué nos dice la LIVA respecto a este supuesto?.

LIVA:
Artículo 1o.-


'Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:

I.- Enajenen bienes.

CFF:
Artículo 14.-
Se entiende por enajenación de bienes:

I. Toda transmisión de propiedad, aun en la que el enajenante se reserve el dominio del bien enajenado.
(...)

Conclusíón:

Aún cuando la LISR nos da la opción de poder asimilarlos a salarios y por tanto hacerlo deducible, para IVA esto NO es así...Y aquí es donde nos truena el cohete... Por tanto, el Art. 110 de la LISR no le es aplicable.


Disculpas porque edité...Le dí aceptar 'sin querer queriendo'...Aún no lo había revisado...


Salu2!!!







Editado: Diciembre 13, 2011 19:53:50
 
Perfil

memoli
Mayor

Mensajes: 1568
Ingresó: Febrero 18, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
13/Dic/11 20:11
Re: iva retenido al 100%

Complementando mi comentario anterior, tenemos que:

LISR:
Artículo 31
.

' Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

(..)

VII.
'Que cuando los pagos cuya deducción se pretenda realizar se hagan a contribuyentes que causen el impuesto al valor agregado, dicho impuesto se traslade en forma expresa y por separado en los comprobantes correspondientes...'

LIVA:
Artículo 32.-


Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes

(..)
III.- Expedir comprobantes señalando en los mismos, además de los requisitos que establezcan el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, el impuesto al valor agregado que se traslada expresamente y por separado a quien adquiera los bienes...',
 
Perfil

memoli
Mayor

Mensajes: 1568
Ingresó: Febrero 18, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
14/Dic/11 09:48
Re: iva retenido al 100%

Hola memoli, es un gusto leer siempre sus comentarios.
y este caso no es la exepcion.


Sobre todo que este tema, le estoy buscando, alguna solucion alternativa.


A ver que opina nuestro estimado Abraham.


Saludos cordiales
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
14/Dic/11 09:54
Re: iva retenido al 100%

Hola memoli, de nuevo....

Pregunta: que opinas de lo comentado por Abraham


1.) Tengo un cliente que esta tributando en el Regimen de Actividad Empresarial P.F. se dedica a la compra y venta de chatarra o desperdicios, como hacer para deducir las compras ya que nuestros vendedores son pepenadores y no estan registrados ante el RFC por lo tanto no expiden factura.. ? 2.) Para que nosotros podamos vender la mercancia tenemos que hacer un pediemento de importacion mediente un agencia aduanal, para asi poder comprobar la mercancia que es completamente de procedencia legal y de igual manera pasar la revision que es una garita, ya que estamos en miguel aleman tamaulipas y es region fronteriza ? 3.) Nuestro cliente en este caso esta en Monterrey N.L. a donde nosotros llevamos la mercancia para su venta, dicho cliente no retiene el 16% sobre nuestras ventas con el fundamento legal del ART,1A FRACC.2 LIVA.

Una de las dudas ya esta aclarada, respecto al la retencion del 100% de iva ok.

Pero otra duda es : Como hacer para evitar que nos retengan el 16% de iva ( o si tiene beneficios esta aplicacion de ley ) O como podemos establecer una estrategia fiscal para poder pagar menos impuestos siempre y cuando apegados a la ley.. gracias y espero respuestas




Saludos
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
14/Dic/11 13:31
Re: iva retenido al 100%

Vabdo:

Hola memoli, de nuevo....Pregunta: que opinas de lo comentado por Abraham


Hola, Vabdo..Buen día...Gusto en saludarlo y gracias por sus palabras...

No entiendo específicamente a qué se refiere en cuanto a mi opinión respecto a la duda medular de Abraham... Pero, me iré por esta:

En lo personal, desafortunadamente veo muy desalentador el panorama en el que se encuentran estos tipos de contribuyentes.... Y dicho sea de paso, también para los demás.. Y no es que sea pesimista, pero es la realidad que estamos viviendo.... Las estrategias cada día están más restringidas (por no decir: agotadas), y digo esto sin dejar de reconocer que aún nuestra legislación fiscal cuenta con ambivalencias del cual podemos evitar caer en el juego del fisco...Pero, caray, en verdad, considero que lejos de estar ya en una era de estrategias, más bien estamos en una era de PREVENCION...

Por último, están las estrategias 'disfrazadas'... Pero por ser un tema delicado y fuera de tema, me reservo el comentario... Sólo esperemos que la iniciativa que amablemente nos aportó A cano (saludos) prospere...

Salu2!!!
 
Perfil

memoli
Mayor

Mensajes: 1568
Ingresó: Febrero 18, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Dic/11 13:26
Re: iva retenido al 100%

De nuevo retomando este topico.

Pero encontre la siguiente informacion:

Avanza fiscalización de pepenadores
Por Sara Cantera

(19-Dic-2011).-
MÉXICO.- Los fabricantes de plásticos y las papeleras están impulsando una iniciativa de Ley que permita a los pepenadores emitir una factura al momento de que éstos vendan residuos sólidos a las empresas dedicadas a la fabricación de productos de plástico y papel con materiales reciclados.

En octubre, la Cámara de Senadores aprobó la iniciativa para adicionar los artículos 29-D, 29-E, 29-F y 29-G del Código Fiscal de la Federación y modificar y adicionar el Artículo 1-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado para permitir la autofactura entre los recolectores de desperdicios.

La iniciativa propone que las empresas que adquieran de personas físicas desperdicios para reciclaje podrán comprobar las erogaciones realizadas por dicho concepto con un comprobante fiscal digital emitido a través de un proveedor de servicios de generación y envío de comprobantes fiscales digitales.

Como consecuencia, dichas empresas tendrán que retener por concepto de ISR 3 por ciento del monto total de la operación realizada

'Además, deberán enterar la retención conjuntamente con su declaración de pago provisional correspondiente al periodo en que se efectúe la citada operación, incluyendo dicha retención en el concepto identificado como 'ISR otras retenciones' en la aplicación electrónica correspondiente', según la propuesta.

Mayela Rincón, directora de Finanzas de la empresa mexicana Bio Pappel, explicó que la iniciativa pretende incluir en el padrón de contribuyentes a los recolectores de basura para que emitan una factura en un esquema similar al que se usa en la minería.

'Nosotros adquirimos mucha materia prima de recolectores de primera mano que no están dados de alta en el padrón de contribuyentes y hay que pagarles en efectivo.

'Queremos tener un esquema fiscal similar al de la minería donde hay una autofactura que permite que estos proveedores se adhieran al padrón de contribuyentes mediante una retención única del Impuesto Sobre la Renta y el IVA', indicó Rincón.

De acuerdo con Bio Pappel, 70 por ciento de los desperdicios que recolecta la compañía se hacen en México y el resto se importa de Estados Unidos, por lo que necesitan que las autoridades regulen a los pepenadores.

La Asociación Nacional de Industrias del Plástico (Anipac) estima que con el esquema de autofactura para la compra de desperdicios se podrían recaudar 16 millones 480 mil pesos al año.

Eduardo Martínez, presidente de Anipac, dijo que la iniciativa se discutirá hasta el próximo periodo



Como vez Abraham.
Sigue avanzando este asunto?
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 2 3 4 5 6 7 8