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16/Nov/11 12:59
Re: Renuncia a mis derechos como empleado

Pondre un ejemplo: (con peras y manzanas)

Su salario es por 1,000 semanales el ISR seria 100 (meramente son suposiciones)

Pero, el patron solo pudiere cubrir 500 por ahora. El ISR serian (15 pesos) suposiciones.

Cuando se ponga al corriente, pensemos que habra de cubrir 1,500. 1,000 de los ordinarios con su ISR de 100. Haria pensar que tan solo faltaria retener 85 pesos por los 500 diferidos.

No debiera apliacar a la tarifa 113 todos los 1,500, si 500 fueron de meses pasados, si no el ISR saldria digamos $ 210 mas de los 185 que debieran de retener.

¿Donde se dice en la LISR, que no pudiera aplicar la tarifa art 113 de manera retroactiva por pagos de ISR retroactivos?

Ademas el art 32 f-IV de la CPEUM se señala la obligacion de pago de contribuciones de manera PROPORCIONAL y EQUITATIVA. Proporcional, significa que sigan de manera congruente a lo que debiera realizarse un pago anual causado.

Divida el ISR retenido / el ingreso esto le dara un porciento UNA PROPORCION.

Lo anterior se concluria que podria hacer si gusto calculos anuales cada pago de salarios y descontar las retenciones anteriores del periodo anual, asi nunca existiran retenciones en exceso. Claro que el patron tiene una infinidad de calculos por realizar y esto seria algo medio impractico, pero si podria ser muy practico aplicar retenciones PROPORCIONALES aunque sea de alguna manera estimada, de tal manera que no exista un saldo a cargo fuerte en la anual, pero tampoco un saldo en exceso de anticipos o retenciones.

Las proporciones de retenciones van cambiando por diversas circunstancias, porque existen partidas exentas, se acumulan ingresos que no son ordinarios, incrementos de salarios, disminuciones de ingresos, pues las tablas de ISR son progresivas en su taxacion y otras situaciones mas. Pero si el patron aplicar proporciones estimadas pero la generalidad de los pagos salariales no varian mucho en el calculo anual, quiere decir que ha cumplido con los efectos de la retencion de manera responsable.



Editado: Noviembre 16, 2011 13:02:59
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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16/Nov/11 13:06
Re: Renuncia a mis derechos como empleado

Para la aplicacion de este tipo de nominas. Habria que desactivar el modulo de determinacion de ISR de manera ordinaria. Ya que los sistemas siempre esta hechos para situaciones iguales. Las maquinas no piensan solo ejecutan y lo hacen perfecto.

Pero, el operador siempre debe ponerle intelecto, de como sacar la nomina para realizar los calculos y retenciones de ISR de manera manual y que el sistema ya no calcule los valores de retenciones. Se capturarian de manera personalizada a cada trabajador. Pero, que a la vez estas retenciones que se apliquen de manera manual, queden como validos en los datos acumulativos de la nomina.
 
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enrique9727
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16/Nov/11 21:33
Re: Renuncia a mis derechos como empleado

:neutral: Buenas noches.

Art. 113 - LIsr x favor. Gracias.

El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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18/Nov/11 10:15
Re: Renuncia a mis derechos como empleado

Lo mas Facil y conveniente (para los trabajadores) seria que el patron calcule y entere los impuestos retenidos con el sueldo al 100% (Ustedes con el impuesto que se les deba retener por lo que perciban y el patron por la diferencia o si el patron no se quiere descapitalizar que pague lo que les retenga y despues x complentaria que pague la diferencia con actualizacion y recargos (no se pueden tener todas las glorias). Y en el 'descuento' (No se puede renunciar al salario) tenerlos contablemente a ustedes como acreedores. Cuando les pague, no habra ningun problema porque ya los impuestos fueron retenidos y enterados y por tanto ya lo que les pague no sera motivo de retencion. Porque estaremos de acuerdo que si estan contribuyendo a la empresa, no tienen porque tambien tener una carga tributaria extra. O hacer el enredo del 148 del RISR



Editado: Noviembre 18, 2011 10:27:30
 
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rojasaltamirano
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18/Nov/11 10:20
Re: Renuncia a mis derechos como empleado

Buenos dias, Vicentino ya checaste el art. 148 del reglamento del ISR? Ceo ahi esta tu respuesta.

Salu2
 
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grupoimper
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18/Nov/11 16:08
Re: Renuncia a mis derechos como empleado

Buen dia, Vicentino, espero si hayas leido mi comentario anterior.



Salu2
 
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grupoimper
Capitán Primero

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30/Nov/11 09:47
Re: Renuncia a mis derechos como empleado

Yo creo que ésto se puede manejar solo contablemente como un pasivo... te va a dejar de pagar 5 días de tu sueldo, no tiene por que manejar una disminución y después un pago de un bono... en su momento registra su nómina normal incluyendo todos los días que debió pagar con sus respectivas retenciones...y crea el pasivo por los sueldos pendientes de pago... cuando te pague cancela el pasivo.

Claro ésto no aplica si lo que quiere es hacer las modificaciones de salario en el imss y disminuír las retenciones en el mes es en que está dejando de pagarles.
 
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GabyLCP
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30/Nov/11 10:40
Re: Renuncia a mis derechos como empleado

Perdon por la tardanza

E leido el articulo 148 rlisr me parece interesante gracias... estoy analizando detenidamente...

respecto al otro comentario.. efectivamente

nos descontaran fondo de ahorro
RCV,imss infonavit, vales, hagan de cuenta que en esos 5 dias yo no 'existia en la empresa'

Muchas gracias
 
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vicentino
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01/Dic/11 02:10
Re: Renuncia a mis derechos como empleado

Andele ese articulo del reglamento es perfecto para explicar el pago PROPORCIONAL por ISR.
Si lo analiza a conciencia, vera que ese articulo se ve plasmado el principio constitucional al que me he referido en participaciones pasadas.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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01/Dic/11 09:46
Re: Renuncia a mis derechos como empleado

Asi es Enrique ese articulo es perfecto... muchas gracias por tus aportaciones tan valiosas...

Felices Fiestas a todos!
 
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vicentino
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