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25/Nov/11 17:19
Re: REGULARIZACION 2009 POR IDE

A mí me han llegado como 10 cartitas de esas...y más de la mitad de estas, se deben a depositos por cobranzas de ventas no facturadas (por lo general publico en general) y el dueño tiene cuentas bancarias a nombre de la esposa, de la hija, y ahora...les requirieron el IDE...que hacer ahí ?


Mis comentarios para los clientes fueron : que bueno que es una Invitacion, porque así nos dan tiempo de pensar como arreglar la bronca.

Una de las opciones es dando de alta a la esposa como REPECO o bien puede caber la posiblidad de estar exenta manajando esto como una donacion (esposos vía soc. conyugal) o en algun otro esquema para que el pago sea el menor posible.

Saludos
LG
 
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JOEGON
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26/Nov/11 10:14
Re: REGULARIZACION 2009 POR IDE

hola buenos dias

mira lo mas facil es decirte ATIENDE LA INVITACION conforme a la documentacion soporte que se tenga a la mano, pero no es asi, tendria que observar analizar de fondo los movimientos que se realizaron en dichas cuentas bancarias, es decir VER EL ORIGEN, su procedencia. por lo tanto no puedo darte una opinion 100%confiable


saludos

gerardo ornelas
 
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DINAFISC
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27/Feb/17 10:22
Re: REGULARIZACION 2009 POR IDE

Hola mis estimados contadores, como no vi este tema antes!.

Yo tengo una situación parecida, pero todos los ingreso estas comprobados y se pagaron los impuestos correspondientes (estoy hablando del ejercicio 2012). Me llego una carta invitación en octubre 2013 por un adeudo a nuestro cargo, el cual no se atendió por que el contribuyente simplemente no quiso pagar.

Ahora, en su momento los del SAT argumentaban, que solo debía pagar sin hacer alguna gestión al respecto ya que se trata de una impuesto que no se retuvo en tiempo y forma y que el SAT tenia la faculta de cobrar.

Leyendo sus excelente comentarios, me generaran las siguientes dudas.

1. ¿ Si se pagara este impuesto, que se acreditaba contra ISR, se podría hacer es este momento, es decir si se pagara con actualizaciones y recargos?

2. Se trata de un impuesto no retenido que he confirmado en los edos de cta bancarios, no se hizo la la retención correspondiente en uno de los meses. Aun así, ¿ Sera necesario hacer un análisis para buscar alguna aclaración sobre esta situación?

3. ¿ Procede la cancelación o prescripción de este impuesto, conforme a las formas de extinción de las obligaciones?
 
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CPJoseph
Sargento Primero

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