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04/Nov/11 00:31
Trabajadora...esposa del patrón

Actualmente ella trabaja para una SC , la cual va a dar su registro en sustitución patronal al esposo de esta ; así que ella quedaría como trabajadora de su esposo hay algún impedimento para tramitar su pensión por retiro en edad avanzada ?
 
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maep21
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04/Nov/11 12:02
Re: Trabajadora...esposa del patrón

Buenos dias maep21

ella quedaría como trabajadora de su esposo hay algún impedimento para tramitar su pensión por retiro en edad avanzada ?


No debe haber problema; siempre y cuando tengas todo en regla.

Contrato de trabajo
Recibos de nomina,
Bien determinado su trabajo a realizar,
Horario establecido.
Etc.

En genral tener todo bien soportado, para comprobar la relacion laboral.
 
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vabdo
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05/Nov/11 23:53
Re: Trabajadora...esposa del patrón

Maep, buenas noches

¿Su 3er ms y ni un saludo?

Bueno, una presentación al menos para saber quien es, ¿no? Dénos ese privilegio

Su planteamiento no es claro:

¿Bajo que personalidad jurídica operaría el patrón sustituto?

'Ella quedaría como trabajadora de su esposo'

¿A que tipo de impedimento se refiere?

Un saludo

vcaspe
 
Bienvenido Agosto, mes de la redención. Hoy te invitamos hermano...!!!
 
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vcaspe
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07/Nov/11 08:18
Re: Trabajadora...esposa del patrón

Código Civil Federal
Artículo 216.- Ni el marido podrá cobrar a la mujer ni ésta a aquél retribución u honorario alguno por los servicios personales que le prestare, o por los consejos o asistencia que le diere.

Con base en el artículo anterior, el IMSS rechaza los aseguramientos entre marido y mujer.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
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07/Nov/11 21:45
Re: Trabajadora...esposa del patrón

:neutral: Buenas noches Mem. Y si el servicio personal es subordinado..?? He visto decisiones de los tribunales en los que falta un término específico y nos hecha todo a perder.

El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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08/Nov/11 01:31
Re: Trabajadora...esposa del patrón

Efectivamente mem, buenas noches, comparto la misma opinion del chiva

Lo que determina la afiliación no es la relacíón conyugal sino la relación laboral
Por cierto ese criterio del Instituto se destruye fácilmente, pues el CC no se refiere a estos casos.

Mi pregunta más bien va por otro sentido, en esos casos ya no aplica un régimen obligatorio normal, pero .........
....... como MAEP no vuelve más, creo que esto all ended,,,,,,,,,,,

Saludos

vcaspe
 
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vcaspe
Mayor

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08/Nov/11 12:36
Re: Trabajadora...esposa del patrón

Se dice que: En la guerra y en el amor todo se vale.

Por mi parte, estoy de acuerdo a que el IMSS aplique su fundamentacion a una presuncion sobre una probable pseudo-relacion laboral. Con la prerrogativa de que si le es comprobada con todos los canones de hecho y no de palabra que dicha relacion es genuina, proceda a darle efectos legales a ese aviso y a acatar sus obligaciones.

La autoridad no tan solo debe actuar con una presuncion, sino tambien fundamentarla de manera legal. Se me hace una salida muy conveniente.

Ahora quien le corresponderia desvirtuarla seria los interesados, para que se generen el derecho procedente.

Pero, el IMSS no debe hacerla cachetona en exceso, de irse a los tribunales, si se les muestra todos los elementos de prueba.

Por lo general las relaciones fictas, no existen pagos, ni recibos de nominas y a lo mucho solo tienen los contratos. Que muestren el combo completo, para que no existan dudas. Si no que se vaya a casa a seguir trabajando.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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08/Nov/11 12:39
Re: Trabajadora...esposa del patrón

Esa disposicion solo debiese ser valida para los efectos civiles, dentro del matrimonio.

Pero, bueno tambien el IMSS presume que existe una relacion matrimonial del ambito civil y no con fines laborales. Asi que no necesariamente debiese fundamentarse su presuncion por parte del IMSS, con leyes laborales. En teoria no existe una relacion laboral o es el supuesto que intenta defender la autoridad. Salvo prueba en contrario.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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08/Nov/11 18:46
Re: Trabajadora...esposa del patrón

Sorry por la desaparicion , Martin para servirles soy nuevo en Fiscalia y estoy poniendome a tono ; han servido de ayuda sus comentarios en esta relacion laboral que comento se ha soportado en el transcurso de la relacion con recibos firmados , transferencias a su tarjeta de nomina, existe un contrato ; la duda radica en eso que comentan si a la hora de tramitar la pension y en el llenado de formatos o formas y darse cuenta que es esposa del Patron hubiera algun impedimento que el Imss argumente para negarsela. Hasta ahora por los comentarios y busca de fundamentos entiendo que no deberia, pero en la practica habria posibilidad que el Insituto lo hiciera ?
 
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maep21
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08/Nov/11 23:14
Re: Trabajadora...esposa del patrón

En la practica como ya te lo explico Mem, si podria negarte la pension; pero como tambien ya te lo mencionaron si compruebas fehacientemente la relacion laboral tendrias que defender tu argumento en un juicio seguramente.


Saludos
 
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juancarm
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