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18/Oct/11 22:00
Re: SOFOM

Buena noche:

Publicado hoy...

Reglas de carácter general para recibir promociones y realizar notificaciones por medios electrónicos, en los procedimientos administrativos competencia de la CONDUSEF, publicado en el DOF del 18 de octubre de 2011.

PRIMERA.- Las presentes Reglas tienen por objeto establecer, dentro de los procedimientos administrativos competencia de la CONDUSEF, la forma en que:
I.Recibirá las promociones, solicitudes o informes que los Usuarios e Instituciones Financieras presenten por medios electrónicos, y
II. Realizará notificaciones vía electrónica de las actuaciones que deban hacerse del conocimiento de los Usuarios e Instituciones Financieras.


SEGUNDA.- Para efectos de las presentes Reglas, se entiende por:
[color=maroon]V. Institución Financiera:
en singular o plural, a las sociedades controladoras, instituciones de crédito, sociedades financieras de objeto limitado, sociedades financieras de objeto múltiple, sociedades de información crediticia, casas de bolsa, especialistas bursátiles, sociedades de inversión, almacenes generales de depósito, uniones de crédito, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero, sociedades de ahorro y préstamo, sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, casas de cambio, instituciones de seguros, sociedades mutualistas de seguros, instituciones de fianzas, administradoras de fondos para el retiro, empresas operadoras de la base de datos nacional del sistema de ahorro para el retiro, y cualquiera otra sociedad que requiera de la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o de cualesquiera de las Comisiones Nacionales Supervisoras del Sistema Financiero, para constituirse y funcionar como tales y ofrecer un producto o servicio financiero a los Usuarios;


TERCERA.- Los Usuarios y las Instituciones Financieras que opten por presentar sus promociones, solicitudes, informes o recibir notificaciones de Actuaciones electrónicas podrán realizarlo a través del Portal, utilizando para tal efecto el SINE.
CUARTA.- Los Usuarios que elijan utilizar el SINE deben solicitar a la CONDUSEF sus Medios de Identificación Electrónica, al correo electrónico: notificaciones_electronicas@condusef.gob.mx o por escrito en el domicilio de las Delegaciones de la CONDUSEF, y en un horario de 8:30 a 18:00 horas, de lunes a viernes, a dicha solicitud se deberá acompañar, ya sea copia o documento digitalizado de:
1) Identificación oficial con fotografía;
2) Clave única de registro de población (CURP);
3) Comprobante de domicilio, con una antigüedad no mayor a tres meses;
4) Carta de responsabilidad y confidencialidad, que aparece como Anexo I de las presentes Reglas, firmada de forma autógrafa por el Usuario o por su apoderado o representante legal, y
5) Documento con el que se acredite la personalidad jurídica del representante o apoderado del Usuario, de ser el caso.
QUINTA.- Las Instituciones Financieras que opten por enviar sus promociones, solicitudes o informes, así como recibir Notificaciones Electrónicas, deben acudir a la Dirección General de Desarrollo Financiero, Estadístico y Operativo de la CONDUSEF, a través de su representante o apoderado legal, para solicitar sus Medios de Identificación Electrónica, con la siguiente documentación:
1) Original y copia del instrumento público que acredite la personalidad jurídica del representante o apoderado legal, (el original sólo servirá para cotejo);
2) Identificación oficial con fotografía del representante o apoderado, y
3) Carta de responsabilidad y confidencialidad, que aparece como Anexo I de las presentes Reglas, firmada de forma autógrafa por su apoderado o representante legal.




Saludos

Editado: Octubre 18, 2011 22:04:54

Editado: Octubre 18, 2011 22:07:37

Editado: Octubre 18, 2011 22:09:02
 

 
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a_cano
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22/Ago/14 22:55
Re: SOFOM

SOFOM (ER ó ENR) se prohíbe el uso palabras que manifiesten el ejercicio de la banca y del crédito.

Se prohíbe usar los términos banco, crédito, ahorro, fiduciario u otras que expresen ideas semejantes en cualquier idioma,por las que pueda inferirse el ejercicio de la banca y del crédito, de acuerdo a la Ley de Instituciones de Crédito en su numeral 105.
Saludos desde Tabasco.
Alberto Biviano[img][/img]
biviano60@hotmail.com :evil:
 
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biviano60
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