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16/Ago/11 12:48
enfermedad Mal de parkinson

Buenos dias

mi pregunta es la siguientes, si un empelado que ha trabajado mas de 20 años en una empresa grande(en el dpto de herramientas), y se enferma del Mal de parkinson, (tiene mucha dificultad para moverse, y sufre de cuadro de dicha enfermedad) en la empresa lo pueden despedir sin darle nada?


Se puede jubilar por incapacidad ?


o la empresa lo puede liquidar dandole lo que le corresponde por sus mas de20 años laborando ahi?

la enfermedad se la diagnosticaron en el IMSS pero ahi no le han dicho nada de que se pueda jubilar o incapacitar.


gracias por su atencion al tema y agradezco de antemano su valiosa ayuda.
 
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conta0717
Sargento Primero

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16/Ago/11 14:14
Re: enfermedad Mal de parkinson

Buenas tardes Conta, nos falta informacion de su caso con referencia a todo lo que ha sucedido en el imss, como menciona que ellos son los que le diagnosticaron este mal, supongo que por lo menos existio una incapacidad.
Si mencionas que es una empresa grande, entonces debe contar con servicio medico y es donde el doctor podria avalar lo dicho por el imss y en su caso dependiendo la gravedad de su asunto deberia remitirlo al imss para que le otorgaran incapacidad temporal o tramitara su pension de invalidez.


Saludos
 
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juancarm
Teniente Coronel

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16/Ago/11 23:09
Re: enfermedad Mal de parkinson

:neutral: Buenas noches. Precisamente, en este momento estoy preparando un comentario para mi página web, sobre casos como éste, en los que el trabajador sufre de una enfermedad la cual le imposibilita para trabajar. De entrada le digo, que en caso de baja, deberá ser finiquitado conforme a la ley.

El Lic.

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=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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17/Ago/11 02:40
Re: enfermedad Mal de parkinson

el problema es que habria una disyuntiva entre un despido injustificado o retiro voluntario. Cada una de las partes esperaria la opcion que mas le favorezca economicamente.

Al patron que sea un retiro voluntario, asi solo liquida sus proporcionales.
Mientras que el trabajador buscaria que lo liquiden para que le den su indemnizacion que no sera nada despreciable si se consideraran 20 dias por cada año laborado de salario
mas prima de antiguedad y proporcionales de ley

Quien habra de faltar al contrato, el patron o el trabajador. Uno debe laborar, si no lo hace pierde su derecho a ser liquidado, le otorga la justificacion de ser sustituido.

Por otro lado tener un puesto pagandose una operatividad reducida quizas sea lo sufientemente necesario para aplicar una liquidacion.

La opcion que quizas busque el patron desalentar al trabajador a que prosiga pero que se retire por su cuenta.

Ante una necesidad de ambas partes, debiese negociarse la salida, pero el problema quien da el primer paso, pues esa persona es la que probablemente tenga que ceder un poco mas en las negociaciones.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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17/Ago/11 22:25
Re: enfermedad Mal de parkinson

:neutral: Buenas noches. Ya está listo mi comentario, para quien guste de leerlo.

El Lic.

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pepesoto
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18/Ago/11 12:11
Re: enfermedad Mal de parkinson

Mi opnion es que lo consultes con especialista en Seguro Social, ya que si el trabajador esta asegurado, pudiera ser que el IMSS lo califique como inavlidez en caso de pension por invalidez permanente la empresa solo tiene la obligacion de liquidarlo como si fuera renuncia, esto es, solo partes proporcionales de vacaciones, aguinaldo, primas vacacionales y sueldos. Solo en el caso de que hubiera cotizado mas de 15 años le debrian dar tambien la prima de antiguedad. Por otro lado, el IMSS no lo liquidara, solamente asume la responsabilidad de otorgarle pension de por vida, si la pension es total o parcial mayor al 50% permanente.
 
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PADRESSD
Cabo

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18/Ago/11 12:18
Re: enfermedad Mal de parkinson

Para mas informacion te dejo este enlace

http://www.imss.gob.mx/NR/rdonlyres/3C3930DA-4C85-4A41-A25C-FDBE5FFFA1D5/0/Invalidez_TITAN.pdf
 
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PADRESSD
Cabo

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18/Ago/11 12:39
Re: enfermedad Mal de parkinson

Lic.
Buenas noches. Ya está listo mi comentario, para quien guste de leerlo.



No encontre el comentario.


PD
Si me interesa el comentario, sobre todo del Lic. pepesotoasesor
 
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vabdo
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18/Ago/11 17:58
Re: enfermedad Mal de parkinson

Hola conta buenas tardes

Mientras la empresa no tenga el correspondiente dictamen no lo puede despedir sin su correspondiente liquidación.

¿Jubilación por incapacidad? El término correcto es Pensión por Invalidez y por supuesto que puede obtenerla, si la solicita. PADRESD - saludos - le ha enviado un acertadísimo link, déle un vistazo

Saludos..!!

vcaspe
 
Bienvenido Agosto, mes de la redención. Hoy te invitamos hermano...!!!
 
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vcaspe
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18/Ago/11 21:08
Re: enfermedad Mal de parkinson

la enfermedad se la diagnosticaron en el IMSS pero ahi no le han dicho nada de que se pueda jubilar o incapacitar.


Creo suponer que el trabajador continua laborando y no se encuentra incapacitado conforme a los estatus del IMSS

Mientras no se encuentre incapacitado, el patron pudiese finiquitarlo e indemnizarlo conforme a la LFT.

El IMSS no lo incapacitara, si su enfermedad no le causa un grado tal que le provoque graves problemas para trabajar, de ahi que se denomine INCAPACIDAD para trabajar. Esta es una enfermedad degenerativa, no reversible y por lo general solo conduce a un tratamiento paliativo.

El patron de conservarlo activo, debera pensar que pudiere accidentarse por su situacion o le buscan un puesto donde su riesgo se menor o en definitiva lo quidarian bajo los estatutos de la LFT.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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